Los abogados defensores de los nueve acusados por el mayor fraude del IVA denunciado en Badajoz por la propia Agencia Tributaria, en febrero del 2004, plantearon ayer en el transcurso de la vista previa del juicio que se sigue por esta causa una cuestión de competencia. Los letrados consideran que la naturaleza del presunto delito es materia que corresponde al Juzgado de Instrucción central de la Audiencia Nacional, y no al Penal número 1 de Badajoz, que lo lleva en la actualidad y que, si finalmente la jueza rechaza el planteamiento de las defensas, continuará la mañana del próximo día 20 de noviembre.

Hasta entonces tiene la jueza de plazo para comunicar a las partes si acepta la propuesta de los nueve letrados de las defensas y se inhibe a favor de la Audiencia Nacional, o continúa ella misma con la causa, como pretende el ministerio fiscal y la representante de la Abogacía del Estado.

La parte acusadora justificó la competencia del Juzgado de lo Penal por cuanto se juzgan hechos ocurridos en Badajoz, por más que, como dicen los defensores, los inculpados estén inmersos en otras causas que se siguen en otros lugares de España, como Málaga, Jaén o Córdoba, y que parte de los hechos ocurrieran en Portugal, razones por las que los letrados creen que debe ir a la Audiencia Nacional.

LOS ARGUMENTOS Los defensores cuestionaron los argumentos del fiscal para oponerse a que el caso se vea en Madrid señalando una amplia jurisprudencia y que hay personas más importantes que las ahora acusadas que no están en el banquillo, que operan a nivel nacional y que deberían responder ante la Audiencia Nacional, porque aún se está a tiempo para ello. También dijeron que no es cierto que todas las empresas afectadas tengan su sede social en Badajoz.

Así, se sientan en el banquillo Juan D. G., Andrés C. R., Juan José L. A., Juan D. P., Luis P. P., Gabriel Manuel S., Vicente E. F., Joaquín T. y Natalia S.. Estas personas se enfrentan acusaciones de fraude a la hacienda pública y falsedad, hasta un total de 25 delitos. Por ellos solicita el fiscal 49 años de prisión, en penas que varían para cada acusado, siendo la máxima de 13 años.

El acusado Juan D. G. había solicitado un careo con el resto de los acusados para demostrar que él no tiene ninguna empresa y que no es responsable de lo que le acusan, pero el juzgado lo denegó con el argumento de que no se había solicitado dentro dentro de plazo.

Los abogados de las defensas también plantearon otra cuestión de jurisdicción advirtiendo de que se podría dar la circunstancia de que se juzgara dos veces un mismo hecho, lo que vulneraría un derecho constitucional de los procesados. El fiscal negó la posibilidad de esa vulneración, aunque dijo que se puede plantear el principio de cosa juzgada, pero no en este juicio, que es el primero, dijo, sino en los sucesivos que se planteen.

Por otro lado, se produjo un incidente por disconformidad de uno de los letrados con la jueza al no permitirle responder a un comentario que él consideró una falta de respeto y retirarle la palabra.