Un juzgado acaba de dar la razón al Ayuntamiento de Badajoz en contra de la empresa Termosolar Alvarado S.L., que instaló una planta termosolar en Alvarado, en la finca La Risca, y pretendía dejar de pagar el canon urbanístico por la recalificación del suelo, equivalente al 2% de la inversión (tal como establece la Ley de Suelo de Extremadura), por valor de 2.636.800 euros. La sentencia, que es recurrible, es del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Badajoz, según dio a conocer ayer el portavoz del equipo de gobierno, Francisco Javier Fragoso, tras la Junta de Gobierno Local.

Es la primera sentencia por este motivo que llega al ayuntamiento. Solo se han presentado varios recursos contra el pago del canon urbanístico, pero sí ha habido muchos más contra la base del impuesto de construcciones y, en estos casos, hay fallos a favor y en contra.

Termosolar pretendía no pagar este canon porque la planta se ha instalado en suelo no urbanizable común y lo que se explota es un recurso natural, un concepto compatible con la calificación de este terreno, siendo además una infraestructura que presta un servicio público esencial. Además, en caso de que se tuviera que aplicar el canon, solicitó que se recalculase la cantidad a pagar excluyendo máquinas y equipos. Pero la juez entiende que es un establecimiento industrial que se debe emplazar en suelo no urbanizable, no es un servicio público esencial y el importe del canon lo marca la totalidad de la inversión.

Por otro lado, Fragoso informó de que ya se ha firmado el acta de recepción del nuevo parque de los bomberos, aunque la empresa se ha comprometido a mantener la vigilancia hasta fin de mes. A partir de entonces comenzará la mudanza.