El Juzgado de lo Penal 2 de Badajoz ha condenado en firme a María de la Soledad de la Paloma a nueve meses de prisión por un delito de malversación de caudales públicos, teniendo en cuenta las atenuantes de alteración psíquica y de reparación del daño por el pago de las cantidades sustraídas. La sentencia no es recurrible, salvo para aclaración.

Los hechos ocurrieron entre el año 2004 y el 31 de marzo del 2005, que fue dada de baja laboral, en la oficina de expedición de los documentos nacionales de identidad y de pasaportes de la Jefatura Superior de Policía, donde trabajaba como funcionaria administrativa, como jefa de negociado, en la recepción de tasas por la elaboración de los citados documentos. La acusada, según consta como hechos probados en la sentencia, con ánimo de obtener un beneficio económico ilícito, no ingresó diversas cantidades de dinero obtenidas del cobro de dichas tasas en el Cuerpo Nacional de Policía.

La acusada causó baja laboral por enfermedad al día siguiente de ser requerida definitivamente por sus superiores para que justificase los documentos contables y aportase los resguardos bancarios de los ingresos que debió efectuar, ante la falta de diversas cantidades de dinero, que ascendieron a 19.024,78 euros, cantidad que dejó de ingresar entre el 1 de enero y el 17 de marzo del 2005. El 17 de abril del 2006, la acusada efectuó un ingreso por 16.229,46 euros y el 11 de septiembre otro por 2.795,32 euros, con el fin de reembolsar la totalidad de lo percibidas.

La acusada padece alteraciones psicopatológicas desde hace 15 años, encuadrables en trastornos del estado de ánimo. Ha sido tratada psiquiátrica y psicológicamente con resultados irregulares. No son de entidad suficiente para provocar alteraciones en la función cognitiva --conciencia--, pero con merma de los niveles volitivos --voluntad--, conllevando a la realización de actos impulsivos o compulsivos.