La Sala de lo Social del Juzgado Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha estimado el recurso de una mujer nacida en el 1966, que estuvo afiliada al Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social, que ha venido trabajando como propietaria de una tienda de regalos, pero sin actividad desde el 2007.

La mujer inició actuaciones para obtener la declaración de incapacidad permanente ente el Instituto de la Seguridad Social, que en consonancia con el equipo de valoración, que emitió un informe en enero del 2012, le denegó su solicitud "por no concurrir ninguno de sus grados ni encontrarse dada de alta o en situación de alta".

La demandante recurrió al Juzgado de los Social para pedir la incapacidad absoluta con derecho a prestaciones económicas, por presentar "dolores generales, con tratamiento farmacológico de la Unidad del Dolor; fibromialgia, asma bronquial, distenia con trastorno de la personalidad y adaptación u síndrome prefrontal mixto por déficit de atención, radipsiquia con déficit de funciones ejecutivas".

La entidad administrativa le reconoció una minusvalía del 65% y 54% de discapacidad y el Juzgado de lo Social desestimó du demanda, pero ahora el TSJEx revoca esa sentencia, le reconoce la incapacidad permanente y condena a la Administración al pago de una pensión.