La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha desestimado un recurso de un soldado de la Base Aérea de Talavera la Real, contra una sentencia del Tribunal Militar Primero, que ahora confirma y que le condenaba a seis meses de prisión, por un delito de deslealtad, previsto en el Código Penal Militar.

Los hechos probados de la sentencia indican que el soldado debía someterse a una prueba de detección de consumo de sustancias psicotrópicas, consistente en efectuar una micción en un recipiente suministrado al efecto, lo que le comunicaron el día anterior. La prueba se efectuó el 25 de octubre de 2016 en el botiquín de la base, pero el teniente secretario de la comisión antidroga observó un comportamiento nervioso y le pidió que se bajara los pantalones, comprobando que llevaba bajo los calzoncillos un artilugio colgado, que resultó ser un pene de plástico con un depósito de orina que era de su hermano, sujeto con arnés, con el que rellenó el recipiente que le habían dado. El soldado manifestó que lo llevaba para no dar positivo en la prueba.

Se le practicó otra que no resultó válida por la baja densidad de la orina, y se le repitió el 10 de noviembre, que dio positivo en cannabis, por lo que fue arrestado. El soldado recurrió y la Sala rechazó los argumentos en que se basó, de «apreciación de la prueba y quebrantamiento de la forma por incongruencia omisiva».