El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) considera ilegal que el nombramiento de los jefes de los parques de bomberos del Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios de la provincia de Badajoz (CPEI), dependientes de la Diputación de Badajoz, se realice por el sistema de libre designación.

En una sentencia, que ordena que los candidatos sean elegidos por sus méritos e historial, el TSJEx da la razón a una demanda planteada por CSI-F en la que recurría el nombramiento de los jefes de parque "según la voluntad política del momento", según informa el sindicato.

De hecho, el tribunal anula la Relación de Puestos de Trabajo del CPEI de la diputación por considerar "que no se respetan los derechos" de los funcionarios con un buen historial profesional ni tampoco los principios de mérito y capacidad.

Según el TSJEx, es obligación de la Administración, en este caso de la diputación, determinar, cuantificar y valorar los méritos de cada candidato que se presente al puesto de jefe de parque, "ya que la libre designación no puede ser entendida como libre arbitrio".

La sentencia dice textualmente en su fundamento de derecho, según CSI-F, que "no nos hallamos aquí en presencia de nombramientos para cargos políticos, caracterizados por la libérrima decisión de quien sea competente para efectuar el nombramiento... la confianza que, en este sentido puede predicarse de la libre designación es la que se deriva de la actitud profesional del candidato puesta de manifiesto en los méritos esgrimidos, esto es, en su historial funcionarial".

El TSJEx insiste en que la motivación de los nombramientos por libre designación, además de excepcionales, ha de hacerse obligatoriamente de forma motivada incluyendo al menos dos extremos: "los concretos criterios de interés general elegidos como prioritarios para decidir el nombramiento y cuáles son las cualidades o condiciones personales y profesionales que han sido consideradas en el funcionario nombrado".