Tener un hermano en el centro en que unos padres quieren matricular a su segundo hijo, les da prioridad, según se desprende de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), que ha desestimado un recurso de la Junta de Extremadura contra un fallo de primera instancia del Juzgado de lo Contencioso número 2 de Badajoz, que daba la razón a unos padres que reclamaron los puntos por tener matriculado a un hijo en el colegio concertado elegido.

La primera sentencia reconocía el derecho de los padres al considerar que el Decreto 23/2004 en relación la Orden de 6 de febrero del 2006, dice con claridad que los criterios de admisión son la proximidad al domicilio, la existencia de un hermano en el centro, aunque no esté un ciclo subvencionado. Esta sentencia fue recurrida por la Junta y es sobre la que ahora se pronuncia el TSJEx.

El fallo dice también que "en caso de centros privados, habrá que considerar que han suscrito un concierto educativo para el nivel en el que cursará estudios el hermano o hermanos matriculados y que especificar tal criterio, resultaría una interpretación sumamente forzada".