El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) obliga a Jardines del Guadiana a demoler la carpa que tiene en el campo de golf, al desestimar un recurso de esta contra el auto del pasado 8 de enero del Juzgado 2 de lo Contencioso Administrativo de Badajoz, que resolvió un incidente de ejecución de sentencia imponiendo que se llevara a cabo la misma: el derribo de la carpa, conforme a lo acordado por ese juzgado en procedimiento ordinario el 31 de julio del 2006.

En el mismo se desestimó el recurso de Jardines del Guadiana contra el consistorio, que en 2005 imponía la demoler la carpa "y edificación anexa de fábrica, instalada en el Plan Especial Oferta Turística Complementaria al Campo de Golf Guadiana".

La edila Consuelo Rodríguez manifestó que la empresa debe ejecutar la demolición en 10 o 15 días, y si no, lo hará el ayuntamiento cobrando los gastos después a la empresa. También recordó que la carpa está indebidamente construida y que carece de licencia.