SENTENCIA DICTADA POR LA SECCION SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CACERES
6 meses de prisión por atropellar a una anciana y darse a la fuga
La mujer cruzó la carretera por un lugar indebido y falleció por el fuerte impacto
SIRA RUMBO
26/03/2013
La Audiencia Provincial de Cáceres condena a Rubén G. S. a seis meses de prisión por un delito de omisión de socorro al darse a la fuga tras atropellar a una anciana. Los hechos sucedieron la madrugada del 6 de julio del 2011 en la carretera EX-370 que une Plasencia con Pozuelo de Zarzón. El acusado conducía el turismo de su propiedad, un Seat Toledo, a una velocidad aproximada de 85km/h. Según recoge la sentencia, en ese momento y de manera imprevisible, irrumpió "indebidamente" por el lado izquierdo de la calzada Elena G. P., con la intención de cruzar a una finca de su propiedad.
Al no ser vista por el conductor fue golpeada con la parte delantera derecha del vehículo del acusado, quien, "pese a realizar en el último instante una rápida maniobra de evasión, no pudo evitar el trágico suceso". Según ha probado la Audiencia, en un principio "detuvo el vehículo unos metros más adelante, comprobó el alcance de los daños sufridos en su vehículo y, pese a ser plenamente consciente del suceso acaecido y de la situación de grave desamparo en que dejaba a Elena G. P., reanudó la marcha dándose inmediatamente a la fuga".
Debido al impacto, la víctima, de 75 años, salió despedida hacia la cuneta derecha de la vía "sufriendo como consecuencia de todo ello graves lesiones que se describen en el informe médico forense", entre ellas la amputación traumática del miembro inferior izquierdo con sección de vasos que "le ocasionó la muerte prácticamente de manera inmediata". El cadáver fue encontrado "casualmente" sobre las 15.30 horas de ese mismo día por el conductor de un tractor agrícola.
La acusación particular pedía para él tres años de prisión por el delito de omisión de socorro y otros tres por un delito de homicidio imprudente. Finalmente ambas partes llegaron a un acuerdo de conformidad. Al acusado le será devuelto también el permiso de conducir que le fue retenido judicialmente en su momento, por lo que recobra "la posibilidad de conducción". Contra esta sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cáceres no cabe ulterior recurso.
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