Responsables de un delito de homicidio imprudente, por la muerte en accidente laboral del encargado de obra de su empresa, ha declarado el titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Cáceres a los hermanos Antonio y Francisco D. A., gerente y administrativo respectivamente de la empresa constructora y de servicios Ortama. Y por la comisión del mismo impone a cada uno de ellos una condena de 1 año y 6 meses de prisión --no tendrán que ingresar en la cárcel al no tener antecedentes penales--.

Asimismo, les condena al pago conjunto y solidario de 180.000 euros de indemnización a la mujer del obrero fallecido y a sus tres hijos, todos menores.

El accidente laboral que, con tan solo 37 años, le costó la vida a José Manuel Amo Sánchez ocurrió hace algo más de dos años. Fue sobre las 11.00 horas del día 4 de julio del 2008, cuando se disponía a colocar en una parcela del Residencial Vistahermosa, en la calle Ribera del Marco, una serie de mástiles de aluminio en los que posteriormente se colocarían banderolas de publicidad.

Por la zona discurría un tendido de alta tensión, con tan mala fortuna que al ir a levantar uno de los mástiles se produjo una transferencia de fluido eléctrico --fenómeno conocido como arco eléctrico-- que hizo que el cuerpo de José Manuel recibiera una "brutal descarga" que le desplazó varios metros y le provocó el fallecimiento de forma prácticamente instantánea.

Los dos hermanos responsables de la empresa para la que trabajaba el obrero fallecido fueron acusados por el Ministerio Fiscal de un delito de homicidio imprudente, del que fueron juzgados el pasado día 6. En la vista, el fiscal responsable de siniestralidad laboral mantuvo su acusación al considerar que los dos hicieron dejación de sus funciones en materia de prevención de riesgos, mientras que el abogado de los acusados mantuvo que ninguno de ellos "tiene responsabilidad alguna".

Pero el juez, en base a todas las pruebas, sí les ha considerado responsables, al haberse demostrado, recoge en su sentencia, "un evidente abandono o dejación por parte de los empresarios acusados en sus funciones de planificación segura de la actividad laboral a desarrollar por los trabajadores, no ya solo a su cargo, sino también, y lo que es si cabe más importante, a su cuidado".