Todas se rechazaron por un criterio de oportunidad, dado que el plan de 1999 iba a convertir en no urbanizable la zona, que hasta entrar en vigor dicho plan era urbanizable no programada. Sin embargo, sí se aceptó la propuesta de Magenta hecha en 1998, que contó con la ratificación del ayuntamiento y de la Junta, que en abril del 2000 aprobó la orden que transformaba el suelo en urbano y permitía desarrollar el residencial.

El nuevo plan ordena el residencial, pero el TSJEx tendrá que decidir ahora el alcance de la ejecución de su sentencia, determinar si con el nuevo plan queda el residencial regularizado y dentro de los suelos urbanos, o si por contra se deriva alguna actuación de la ejecución, como ha pasado con otros casos parecidos en los que no se ha aceptado la regularización vía revisión del plan general de urbanismo.

Al anularse la orden, el suelo tenía la calificación que le daba el plan en vigor: no urbanizable. La solución en la que se venía trabajando desde el fallo del TSJEx era aprovechar el nuevo plan de urbanismo, que entrará en vigor en unas semanas, para volver a convertir el residencial en suelo urbano y negociar con la asociación para que sus suelos quedasen entre los nuevos terrenos urbanizables, donde no se podría construir, pero tendrían aprovechamiento en otras zonas

En las dos últimas se han recortado, el ajuste fue mayor hace diez meses con la cuarta, entonces la asociación instó al ayuntamiento a que pidiese la ejecución de la sentencia. En la última aprobación entraron más terrenos de la asociación, pero no la totalidad, un tercio no se incorporó, razón por la que el colectivo solicita ahora la ejecución de la sentencia, aunque aún se sigue buscando una solución negociada para que no se llegue a la ejecución.[entradilla2.100]

La asociación de propietarios acude a los tribunales. Dos sentencias le dan la razón. La primera es del TSJEx, 2003, y la segunda del Supremo, 2007

Los dos tribunales coinciden en anular la orden de la Junta, ya que aunque el expediente se inició con el terreno aún como urbanizable, ya se había aprobado provisionalmente el nuevo plan que lo convertía en no urbanizable protegido, tipo de suelo donde no se podían desarrollar las promociones de Ley del Kilómetro, a la que se acogió el residencial, una ley que favorecía reclasificar suelo para que parte de las viviendas fuesen protegidas.