La Audiencia Provincial de Cáceres fija en 387.810 euros la indemnización a un trabajador de la construcción por un accidente laboral que sufrió en abril de 2009 mientras trabajaba en una obra en el barrio de Nuevo Cáceres. Valentín Pérez, magistrado de la sección segunda de la Audiencia, considera en su sentencia que el trabajador no tuvo responsabilidad en los daños que le causó el incidente y responsabiliza de las lesiones a dos operarios de las empresas Gruelex y AG Grúas y subsidiariamente a Construcciones Pinilla, que había contratado los servicios de Gruelex para el desmontaje de una grúa, operación durante la que se produjo el accidente.

La sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, narra que los hechos ocurrieron en el año 2009 en la calle Evora, esquina con Jerusalén, donde Pinilla estaba construyendo un edificio. En la obra se había utilizado una grúa de grandes dimensiones y Pinilla contrató los servicios de Gruelex, entidad especializada en el desmontaje de grúas.

Según añade la resolución judicial, el día que ocurrió el suceso el operario de Gruelex llegó a la obra para el desmontaje de la grúa con la ayuda del operario de AG Grúas. Un trabajador de Pinilla, que es al que se tiene que indemnizar por las lesiones sufridas, ayudó a las labores de desmontaje por petición de los dos operarios a los que se responsabiliza de los daños que sufrió.

Esta ayuda, según se recoge en la sentencia, consistía "en sujetar una cuerda que se enganchaba en la flecha de la grúa que debía desmontarse y luego se unía a la torre de la misma".

Según se indica en los antecedentes del caso que aparecen en la sentencia, uno de los operarios, a pesar de conocer las reglas para el desmontaje, "no siguió las marcas señaladas". El trabajador accidentado, que se encargaba de sujetar la cuerda, acabó saliendo disparado con su cuerpo sujeto a la misma y ascendió unos 12 metros, se soltó y cayó bruscamente sobre el suelo de los cimientos, lo que le causó múltiples heridas y fracturas, sufriendo diversos politraumatismos que le han dejado múltiples secuelas. Además, "está impedido para realizar cualquier trabajo y precisa de ayuda en algunas actividades diarias (como comer o vestirse)", según la sentencia.

En el primer fallo judicial por este proceso, del juzgado de instrucción número uno, el juez estimó que el trabajador accidentado "sujetó la cuerda, pero lo hizo incorrectamente". Esa consideración del juzgado es anulada por la sentencia de la Audiencia, tras el recurso de apelación presentado por el obrero y su mujer. Esto hace que de una indemnización inicial de 165.363 euros se pase ahora a los 387.810 que fija la Audiencia.

En la resolución del juzgado, que se mantiene en la sentencia de la Audiencia, también se estableció el pago de una indemnización de 55.000 euros a la esposa del obrero accidentado y de 103.464 euros para la compañía aseguradora que sufragó los gastos de atención que ha necesitado el obrero. La sentencia del juzgado también condenó a las entidades aseguradoras Fiatc y Reale como responsables civiles directos del pago de las indemnizaciones "hasta el límite de las sumas aseguradoras en sus respectivos contratos". Gruelex CB y Construcciones Pinilla SLU son considerados "responsables civiles subsidiarios".

Por su parte, la abogada de uno de los operarios que deben hacer frente a la indemnización aclaró que "son culpables de una falta, pero no han cometido acto ilícito penal", y aseguró que están estudiando la posibilidad de recurrir la sentencia "ante el Tribunal Constitucional".