Culpable de un delito de homicidio por imprudencia grave ha declarado el titular del Juzgado de lo Penal de Cáceres al joven de 25 años que el 17 de diciembre del 2004 atropelló mortalmente a una mujer de 45 en la avenida Virgen de Guadalupe. Se le impone una condena de 2 años de prisión, pese a lo cual no ingresará en la cárcel al no superar la pena los dos años y carecer el condenado de antecedentes penales. Se le prohibe conducir vehículos en cuatro años y, además, ha tenido que indemnizar a los padres de la víctima con 17.080,60 euros y al compañero sentimental de la misma con 102.923,03 euros.

Para el titular del Juzgado de lo Penal, donde Efren Silvino Sánchez Carril fue juzgado el pasado jueves por el atropello mortal que sufrió María Victoria Maya Fernández en el preludio de las fiestas navideñas del 2004, "ha quedado demostrado que el joven superaba los límites de alcohol en sangre y conducía a más velocidad de la debida".

Este argumenta que se ha valorado que se trata de un hecho "de suma gravedad, por su resultado, la muerte de una persona; y por las circunstancias que a ello contribuyeron, conducir tras ingerir alcohol, velocidad excesiva dentro del casco urbano y desatención a las circunstancias de la vía", y también las condiciones personales del responsable, "una persona joven, estudiante, carente de antecedentes, arrepentido y sumamente afectado por la tragedia a la que ha contribuido su negligencia".

LOS ASPECTOS Por todo ello, y teniendo en cuenta además que "siempre será imposible compensar la pérdida de una persona en la plenitud de su vida", y que "ningún castigo podrá servir del todo para restaurar el estado de cosas precedente al momento del siniestro", el juez acude a "criterios de justicia y razonable proporcionalidad" para imponer al acusado una pena de dos años de prisión, la mitad de la máxima que contempla el Código Penal para este delito.

En la sentencia se destaca de forma detallada cómo sucedió el atropello, al explicar que el procesado, que iba por la avenida de Hernán Cortés, hizo una maniobra de corrección de la dirección para ir hacia la avenida Virgen de Guadalupe y no hacia la plaza de Alférez Provisional, como en un principio iba a hacer, lo que provocó que perdiera el control del coche, que empezó a desplazarse en zigzag.

El coche derrapó, giró 180 grados e "invadió la zona peatonal del paseo central de la avenida donde arrolló a María Victoria, lanzándola a unos 20,6 metros de distancia, terminando por impactar -el coche- contra una máquina expendedora de tickets de la zona azul, que resultó arrancada de su base, y después contra un árbol, que al caer produjo daños en otro vehículo que estaba estacionado".

Atendiendo a las pruebas practicadas, el juez declara demostrado y fuera de duda que la causa inmediata del siniestro fue la pérdida de control del vehículo, y que en ésta "tuvo una incidencia importante el estado de desinhibición que presentaba el conductor por la ingesta alcohólica, con pérdida de temor ante el peligro y sobrevaloración de las actitudes para la conducción"; así como la velocidad, "que era notablemente superior a la permitida, pues sólo así cabe explicar los destrozos causados, la trayectoria seguida y la imposibilidad de que llegase a poder controlar la dirección". Y aunque las conclusiones del perito aportado por la defensa marcaba en menos de 75 km/h su velocidad, "no se puede ignorar que este trabajo parte de variables hipotéticas, de probabilidades que no se han podido comprobar".