El pleno de la corporación local se debe pronunciar esta mañana sobre la revisión de oficio y anulación de una resolución de la alcaldía de mayo de 2012 por la que se compensó deuda entre el ayuntamiento y Mego. El coste que la anulación tendrá para el ayuntamiento ascenderá a 380.611 euros, según la estimación que hace la Tesorería Municipal, ya que esta es la cantidad que seguramente no se llegará a cobrar con cargo al concurso de acreedores de Mego al tratarse de deudas generales y subordinadas que están entre las últimas en el orden de pago.

A la decisión que esta mañana debe tomar el pleno se llega tras un dictamen del Consejo Consultivo de Extremadura que declaró nula la resolución de compensación, un informe de la Secretaría General del ayuntamiento en el mismo sentido, un auto del juzgado que no homologó el acuerdo que todos los implicados (ayuntamiento, Banco Santander y la administración concursal de Mego) alcanzaron para que no se anulase la compensación de deuda y tras anunciarse por una de las partes (administración concursal de Mego) la reanudación del proceso contencioso para que el juzgado decida sobre la nulidad de esta resolución tras no resultar la negociación.

A petición de Mego, el consistorio compensó en 2012 deuda con la empresa. Mego adeudaba al ayuntamiento 416.212 euros de IBI y del impuesto de Plusvalía, mientras que el consistorio tenía pendiente de pagar a Mego el justiprecio por la expropiación de una finca con una superficie de 5.186 metros cuadrados que el plan de urbanismo destina a viario, a la conexión de la avenida de la Hispanidad con ronda este. El Jurado Autonómico de Valoraciones estableció en 1.792.183 euros el coste del suelo. En noviembre de 2012, Mego entró en concurso de acreedores.

Pero sobre ese terreno había una carga, una hipoteca a favor del Santander, que en enero de 2015 recurrió la resolución.

En el último año y medio se siguió un proceso en el que el consistorio reprochó a Mego que cuando pidió la compensación no informó al ayuntamiento de que había una hipoteca y contestó al Santander que desde 2008 conocía que se había iniciado el expediente para la expropiación del suelo y no se dirigió al ayuntamiento. En su respuesta, el banco recordó al consistorio que tuvo que consultar el registro de la propiedad antes de compensar. El Consejo Consultivo concluyó que la resolución es nula porque no se citó al Santander, que ostenta un derecho sobre el suelo, cuando se acordó la compensación y en el mismo sentido se pronunció la Secretaría General en su informe. Esa deuda de 416.212 euros se podrá reclamar en el concurso de acreedores, pero solo 35.600 euros (de IBI) tendrían la consideración de deuda privilegiada y se podrían recuperar. El resto es complicado que se cobre.