ABRE UN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR A UN CUARTO POR EL MISMO MOTIVO
El ayuntamiento sanciona a tres locales de hostelería por incumplir el horario de cierre
Los locales reducirán su horario de cierre durante un mes
REDACCIÓN
03/08/2019
El ayuntamiento ha sancionado a los propietarios de tres establecimientos de hostelería de la ciudad por incumplir el horario de cierre. Las resoluciones se dictaron ayer y afectan a locales de las calles Arco de España, avenida de la Montaña y avenida de París. Los motivos son parecidos, en todos los casos por exceder el horario de cierre. Las sanciones no son pecuniarias y en los tres pasan por la reducción del horario de cierre durante un mes por el mismo tiempo que se sobrepasó y que motivó la denuncia. En el caso del establecimiento de Arco de España es de una hora y cinco minutos; en el de la avenida de la Montaña son dos horas y treinta minutos y en el de la avenida de París suman dos horas y veinticinco minutos.
Aunque se resolvieron ayer, los expedientes sancionadores por la infracción cometida se incoaron en mayo, entonces estaba en vigor el horario de invierno, que para los bares, que es la actividad de los tres locales, es de cierre a las 1.30 horas. Entre el 1 de junio y el 30 de septiembre se incrementa en media hora y es a las 2.00 horas.
RESOLUCIONES / Las tres resoluciones se firmaron ayer por parte de la concejala de Asuntos Sociales y primera teniente de alcalde, María José Pulido, en suplencia del alcalde, Luis Salaya, y se comunicarán las resoluciones a la Jefatura de la Policía Local para que dé cumplimiento de las mismas.
Los horarios de apertura y cierre están regulados por una orden de la comunidad autónoma del año 1996. Para los establecimientos del grupo C, en el que están encuadrados los bares, cafés, cafeterías y restaurantes, se fija que no podrán abrirse sin que haya transcurrido entre el horario máximo de cierre y el de apertura un periodo mínimo de tiempo de cuatro horas. Para otros establecimientos el periodo mínimo que tiene que pasar entre el horario máximo de cierre y el de apertura tiene que ser de 6 horas,
A estas tres decisiones del ayuntamiento se suma el inicio de un expediente sancionador contra el propietario de otro establecimiento de hostelería, en este caso está en la calle Segovia. En este expediente ya está en vigor el horario de verano y el tiempo excedido en el horario de cierre es de una hora y siete minutos. La propuesta de sanción que se propone es la de reducción del horario de cierre en el mismo tiempo que se ha sobrepasado. En la resolución se nombra un instructor y se informa que el titular del establecimiento podrá formular alegaciones en el plazo de diez días desde la notificación del acto administrativo.
En la orden de la Junta se precisa que las autorizaciones de ampliación de horarios especiales, que se permiten en determinadas fechas coincidiendo con fiestas, se consideran efectuadas a título precario y por tanto no tendrán la consideración de declarativas de derechos por lo que podrán ser objeto de revocación mediante resolución motivada de la Consejería de Presidencia y Trabajo, por causas debidamente justificadas y previa audiencia del interesado.
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