La Comisión de Empleo, Recursos Humanos, Régimen Interior, Policía Local y Seguridad Vial del Ayuntamiento de Cáceres ha dado luz verde a la aprobación de la nueva ordenanza reguladora del servicio de taxis, después de 26 años sin reformarla, para regular tarifas, licencias y vehículos, entre otros aspectos.

Así, la nueva ordenanza permitirá actualizar los fundamentos legales del Reglamento Nacional de Taxis, en vigor desde finales de los años 70, y de la última ordenanza municipal, que data de principios de los años 90.

Desde el consistorio cacereño han señalado que en el tiempo que ha transcurrido desde entonces "se han producido notables variaciones en la ciudad y sus necesidades, que urgían la promulgación de una nueva norma que regulara este servicio público".

La ordenanza se adaptará a los nuevos núcleos de población surgidos en la ciudad, la promulgación de disposiciones en lo que se refiere al transporte de personas con movilidad reducida, nuevos sistemas de contratación y la "modificación de hábitos en el desplazamiento de los ciudadanos para ajustarse más a la realidad actual".

La ordenanza, que será de aplicación en el término municipal, contempla las "nuevas necesidades tanto de los profesionales implicados, titulares de licencias y conductores que trabajan por cuenta ajena, como de los usuarios del servicio"; para hacerlo compatible e integrarlo en el conjunto del transporte público colectivo urbano e interurbano.

Entre otras disposiciones, la ordenanza estipula que cada una de las licencias que conceda el ayuntamiento "habilitará para la prestación del servicio de un único vehículo, a la vez que se concederá una sola licencia por persona física".

No podrán, por tanto, optar a la adjudicación de una licencia quienes sean titulares de otra o lo hayan sido durante los diez años anteriores a la fecha de la solicitud.

Además, los titulares de una licencia no podrán, "en ningún caso, vender, arrendar, ceder o traspasar ni la propia licencia ni el derecho a su explotación, ni tampoco el vehículo afecto a la misma, salvo en los casos previstos para la renovación de éste y en las excepciones contempladas en la ordenanza para la permuta o la transmisión de licencias".