La junta local de gobierno del ayuntamiento acordó en su reunión del pasado 27 de octubre desistir del recurso interpuesto contra el acuerdo del pleno de Malpartida de Cáceres de modificación de su ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la distribución de agua. La decisión de recurrir se ratificó en el pleno que el Ayuntamiento de Cáceres celebró el 19 de octubre y ahora se decide desistir tras haber variado Malpartida el punto de su normativa que motivó la diferencia con Cáceres.

La causa de la diferencia entre los dos consistorio radicaba en si un ayuntamiento puede imponer una tasa a otro. Cáceres consideró que la modificación de la ordenanza fiscal aprobada por el pleno de Malpartida en noviembre de 2016 vulneraba la jurisprudencia del Supremo que establece la inaplicación de tributos que están regulados por ordenanzas fiscales en municipios limítrofes. Cáceres acudía al mismo argumento con el que el Supremo estimó parcialmente un recurso de Malpartida contra la ordenanza fiscal del agua de Cáceres.

Lo que Cáceres recurría es la introducción en la ordenanza fiscal de Malpartida del hecho imponible del cobro por la prestación del servicio en alta al núcleo de población de la estación de Arroyo-Malpartida, que está en el término de Cáceres, y la tarifa por el mismo. El cambio introducido por Malpartida y que evita el litigio es que no se cobrará como tasa el servicio de abastecimiento en alta a la estación de Arroyo-Malpartida, sino como precio público.