El Ayuntamiento de Cáceres, con el objetivo de mantener un control suficiente de la trasmisión del Covid 19, evitando tener que imponer restricciones mayores, ha publicado un bando por el que “quedan terminantemente prohibidas las actividades con fines publicitarios, propagandísticos o similares que se realicen en espacios de uso público que tengan por objetivo la captación de clientes, promoción de negocios y venta de productos o servicios mediante la intercepción de viandantes, salvo aquellas que se autoricen por ser de especial interés municipal”.

El concejal de Turismo, Jorge Villar, ha señalado que “los responsables y empleados de establecimientos podrán realizar captación de clientes en el espacio delimitado por el ‘área de influencia’ de su establecimiento, que se define como el radio de 3 metros desde la vertical de la puerta de acceso del establecimiento o empresa, o en su caso desde el punto que marca la proyección horizontal de la puerta con la línea vertical del soportal, o del arandel situado a menos de tres metros de la fachada, o del espacio delimitado como terraza, que tenga asignado dicho establecimiento”.

En ningún caso, ha añadido, “y por recomendación sanitaria, se repartirá material publicitario y promocional con fines comerciales”, así mismo, “se garantizará la distancia interpersonal mínima en dicha comunicación de 1,5 metros”. Los incumplimientos de las obligaciones contenidas en este bando, ha detallado, “serán sancionables en los términos previstos por la Ley de Salud Pública de Extremadura”.