No es broma. La Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Circulación de Animales de Cáceres establece que, si el propietario de cualquier mascota infringe de forma reincidente esta normativa, los animales quedarían "confiscados". Es más: si se cometen infracciones graves o muy graves, "puede comportar la prohibición de adquirir otros animales por plazo de entre uno y diez años". Dicho de otro modo: queda inhabilitado.

Las multas oscilan entre 30 y 3.000 euros y se catalogan como leves (la posesión de perros no censados o no identificados, no retirar los excrementos de la calle o no llevar correa y bozal si son peligrosos), graves (mantener al animal sin la alimentación necesaria o en lugares inadecuados, o hacer mutilaciones o sacrificios sin veterinario), y muy graves (acciones de crueldad, maltrato o abandono).