Los VMP tienen la consideración de vehículos y por tanto han de regirse por unas normas de circulación dentro de la ciudad. Según el borrador de la Ordenanza de Circulación de VMP en las vías de Cáceres, podrán utilizar la calzada salvo en casos en los que expresamente se prohíba mediante señalización. También se autoriza su circulación por los carriles ciclistas segregados del tráfico y de las zonas peatonales. Por ellos podrán ir bicicletas, patines de adulto, bicicletas eléctricas, segways, sillas de rueda y todos aquellos VMP con masa superior a la de las personas, siempre que no superen los 20 km/h. También podrán circular por los espacios compartidos de peatones-carril bici, dentro de las bandas señalizados y por debajo de 10 km/h, respetando la prioridad de paso de los peatones. Hay que dejar al menos un metro al adelantar o cruzarse con un peatón. No se deben realizar maniobras bruscas.