Canal de Isabel II, Aqualia y Aguas de Cáceres, las tres empresas que han recurrido la adjudicación provisional del concurso del agua a Acciona, piden que se anule la adjudicación y cada una considera que tiene que ser ella la adjudicataria. Entre las observaciones de los recursos está el argumento de Aqualia de que el desistimiento del proceso, que se acordó en marzo y se revocó en mayo al adjudicarse, fue conforme al ordenamiento.

También figura la consideración de Aguas de Cáceres de que debe intervenir un comité de expertos que valore las ofertas.

Acciona responde a los recursos. A Aqualia le contesta que el acuerdo de desistimiento tuvo el informe en contra del secretario general del ayuntamiento, dado que, entre otras causas, no había motivaciones. A Aguas le responde que el comité no cabe en esta licitación al no darse los porcentajes que fija la Ley de Contratos.

Por ahora el gobierno municipal no ha concretado cuándo se contestarán los recursos y las alegaciones de Acciona, a pesar de que el plazo para resolverlos tras cumplirse el último trámite acabaría antes de fin de mes.

Los recursos y la contestación de Acciona giran en torno a los costes asociados. La clave de la adjudicación a Acciona está en ellos. La explicación y los argumentos a favor y en contra son:

T1tEl párrafo cuya interpretación es la principal clave del concurso del agua

En el pliego con las condiciones del concurso se detalla la documentación a incluir en la oferta técnica, que tiene tres elementos: proyecto de organización, la metodología de gestión y plan director. En el epígrafe del pliego referido a los dos primeros se concreta: "Para todos los apartados de este punto, debe especificarse el coste asociado a la propuesta. Este coste debe reflejarse convenientemente en el plan económico-financiero a entregar junto a la oferta económica".

Se redactó un primer informe que valoraba las ofertas técnicas sin tener en consideración estos costes. Uno de sus autores explicó que Aqualia y Aguas no los habían presentado, que Acciona aportaba un resumen de los costes con datos muy generales para la evaluación de costes de cada uno de los apartados y subapartados de la oferta técnica y que Canal no presentaba los costes asociados a la propuesta técnica, aunque sí en soporte digital una documentación del estudio económico, donde estaban estos costes y otros datos.

Además recordó que la no presentación de los costes asociados a la propuesta técnica incumple el pliego y apuntó que en ese primer informe de valoración no se tenían en cuenta costes asociados al no estar incluidos o bien detallados en ninguna oferta.

A esa opinión, recogida en un informe, de uno de los técnicos autores de la primera valoración siguió otro conjunto del secretario y el interventor del ayuntamiento, que en sus conclusiones también firmó el técnico citado.

En este último informe se argumentaba que la entrega de los costes es obligatoria, que se trata de un elemento importante para valorar las ofertas técnicas de cada empresa y compararla con las restantes y que a las empresas que no incluían los costes junto a la propuesta técnica no se les podía puntuar, por lo que se encargaba una segunda valoración, que solo puntuó a Acciona en los apartados técnicos de proyecto y metodología. Esta segunda valoración puso a Acciona con ventaja suficiente para ganar.

En el caso de Canal de Isabel II se concluyó que ese soporte digital debía estar dentro de la oferta económica, no de la técnica, por lo que no se tuvo en cuenta.

T2tLos costes asociados al proyecto de organización y metodología de gestión

Entre la documentación que se aportó de la propuesta técnica de Acciona se incluía el resumen de los costes asociados al proyecto y metodología, con un desglose por subapartado y con el coste de cada uno. Sumaba 8.081.755 euros. El secretario y el interventor, en base al informe del técnico que precisó que Acciona presentó un resumen de los costes, lo dieron por bueno.

En sus recursos, el resto de empresas recuerdan otra consideración del técnico en su informe al precisar que en la primera puntuación de las ofertas técnicas no consideró los costes porque no estaban incluidos o bien detallados en ninguna oferta.

T3tCambian los criterios y se vulneran los principios de igualdad y transparencia

Es un argumento que comparten Canal y Aguas en sus recursos. Ambas lo apoyan en que el primer informe de puntuación se desechó y se hizo uno nuevo. Con ese primer informe, Canal era primera y Aguas segunda, ambas con opciones de ganar. En el segundo ganaba Acciona.

Aguas considera que entre un informe y otro se modificó la interpretación del pliego que regula el concurso. Canal estima que entre uno y otro se modificaron los criterios de adjudicación. En el primero no se tenían en consideración los costes asociados y en el segundo informe sí.

Las dos empresas coinciden en que este cambio de informes se hace una vez abiertas y conocidas las ofertas de las empresas. La interpretación es que las reglas del juego cambiaron cuando el partido se había iniciado.

La conclusión es que con estas variaciones se rompen los principios de igualdad entre todas las empresas y de transparencia del proceso. Canal y Aguas defienden el primer informe.

T4tNo se cambian criterios, lo que se hace es cumplir las reglas del concurso

Acciona fundamente gran parte de su argumentación en los informes del secretario del ayuntamiento, asesor jurídico de la corporación y de la mesa de Contratación. La empresa recuerda que no se cambiaron los criterios de la adjudicación ni tampoco la interpretación del pliego, puntualizando que el primer informe se redactó sin cumplir todos los requisitos del pliego al no tener en cuenta los costes y por eso la mesa no lo aprobó y pidió una nueva puntuación, que fue la que lleva al segundo informe.

La interpretación es que no se cambiaron las reglas a mitad del partido, sino que se había empezado a jugar el partido sin cumplir todas las reglas del juego.

T5tLa legislación impide presentar datos económico junto a los técnicos

Aqualia y Aguas explican en sus recursos que no presentaron costes asociados a la propuesta técnica porque la Ley de Contratos impide que datos técnicos, cuya puntuación depende de un juicio de valor, vayan junto con los económicos, que se valoran con fórmulas, por lo tanto interpretaron el pliego en base a esta ley y entendiendo que los costes asociados, que es un dato económico, solo pueden ir en el sobre con la oferta económica y nunca junto a la propuesta técnica.

T6tSe están confundiendo los costes asociados con la propuesta económica

En su contestación, Acciona insiste en que una cosa son los costes asociados y otra la totalidad de la propuesta económica, asegurando que los pliegos obligan a presentar los costes asociados para poder puntuar las propuestas técnicas y que éstos también se incluyan y desarrollen en la totalidad de la oferta económica.

T7t Las propuestas técnicas se pueden puntuar sin necesidad de los costes

Uno de los argumentos de los recursos es que la inclusión de los costes asociados no es necesaria para poder puntuar las ofertas técnicas. Una de las razones es que el objeto de poner el coste es evitar propuestas técnicas temerarias, servicios con unos precios irreales, y esto se puede comprobar en la oferta económica, que tiene de forma detallada los costes. También se argumenta que la primera puntuación se pudo hacer sin los costes.

T8tLa presentación de los costes en la propuesta técnica es un dato esencial

Acciona afirma que el secretario recuerda en sus informes que la exigencia de los costes asociados a la propuesta técnica no es arbitraria y que si no se hubiese pedido en el pliego se omitiría un dato esencial para valorar y comparar las ofertas técnicas. Además indica que el coste se debe especificar en la propuesta técnica y reflejarse en la económica a efectos de garantizar la coherencia de toda la proposición.