El Juzgado de lo Penal número 2 de Cáceres ha condenado a un hombre como autor penalmente responsable, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a dos años de prisión por un delito de lesiones agravadas en el ámbito de la violencia de género. En diciembre de 2017 había sido condenado en sentencia firme como autor de un delito de violencia de género de amenazas leves, entre, otras, a la pena de prohibición de aproximación a su pareja, con la cual tiene un hijo menor en común, así como de comunicarse con ella por cualquier medio por un periodo de ocho meses. La pena quedó extinguida el 15 de agosto de 2018 y días después, el 29 de septiembre, surgió una discusión entre ellos en la vía pública, en el curso de la cual golpeó el hombre golpeó a su pareja en la cabeza con una muleta, según relata la sentencia de conformidad. Como consecuencia de ello, su pareja sufrió una herida inciso contusa en el cuero cabelludo que requirió, además de una primera asistencia facultativa, de tratamiento quirúrgico para suturar la herida, que curó a los ocho días, sin causar incapacidad ni dejar secuelas. Por ello, ha vuelto a ser condenado, en una sentencia a conformidad. Tampoco podrá aproximarse o comunicar con ella durante tres años y medio.