La Audiencia Provincial ha condenado a catorce años y diez meses de prisión a Antonio N. V. por agredir sexualmente a su hijastra, de la que abusó de manera continuada durante tres años. La joven tenía 14 años cuando comenzó el acoso sexual de la pareja sentimental de su madre, que convivían desde que la menor tenía 4 años.

Además de la pena de prisión, el tribunal ha impuesto al acusado la prohibición de acercarse a la chica a menos de 200 metros o comunicarse con ella durante un plazo de 27 años una vez saliera de la cárcel, según la sentencia judicial hecha pública ayer. También, deberá indemnizar a la joven con 50.000 euros. El fallo no es firme, ya que contra él cabe recurso de casación.

VERSION "EXTRAVAGANTE" El tribunal no solo no ha dado credibilidad a la versión del procesado, que sostenía que los contactos íntimos fueron consentidos por la muchacha, sino que en algunos extremos la califica de "extravagante", "excesivamente peculiar" e "increíble". Por ejemplo, en el relato que ofreció en el juicio de un incidente en el que supuestamente la chica entró en el salón cuando él se masturbaba viendo una película porno. Según él, la joven se sentó a su lado, se masturbó y se marchó rápidamente.

En opinión de la sala, el intento del procesado por hacer ver a la adolescente como "una especie de ninfómana", dice la sentencia, no se sustenta. Por ello, estima más verosímil que el hombre, "aprovechando" el rol paternal y la relación familiar de 12 años, abusara reiteradamente de la menor para satisfacer "sus instintos lúbricos".

VIOLACION La joven declaró que desde el verano del 2003 el hombre la abordaba continuamente para tocarla en sus partes íntimas aprovechando la ausencia de la madre. Los ataques se limitaron casi siempre a abusos, ya que el procesado paraba en sus intentos ante los gritos y la oposición de la joven. Solo una vez, consiguió retenerla con fuerza y le introdujo los dedos en la vagina, lo que se ha considerado delito de agresión sexual en su modalidad de violación.

Los jueces han considerado fundamental para desvirtuar la presunción de inocencia del imputado, además de la declaración "persistente" y "espontánea" de la víctima, el testimonio coincidente de la prima, el novio y la madre sobre el estado de la joven cuando confesó lo que estaba ocurriendo. La chica aguantó tres años los abusos en silencio por temor a que su madre no la creyera, pero fue su novio quien la convenció para que finalmente los denunciara.