El juez de la sección segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a un hombre a seis meses de prisión por un delito de falsificación de documento mercantil. El condenado deberá abonar también el coste de seis meses de multa en concepto de responsabilidad civil. Estaba previsto que la audiencia acogiera ayer el juicio pero una conformidad entre acusación particular y defensa evitó la celebración de la vista oral. En un principio, la acusación particular pedía también una pena por un delito de estafa, pero retiró los cargos y mantuvo solo la petición de condena por el delito de falsedad documental. Los hechos ocurrieron en Logrosán y se remontan al 2011. El condenado cumplirá la mínima pena recogida en el artículo 392 del Código Penal que establece condenas de «seis meses a tres años» y multas de «seis a doce meses» por este delito. Es firme porque no será recurrida por ninguna de las partes.