El Ayuntamiento de Trujillo tendrá que pagar más de 9.000 euros a la Sociedad Ibérica de Construcciones Eléctricas SA por diversas obras de reparación y mantenimiento de los distintos señalamientos semafóricos de la localidad.

Así lo ha resuelto al Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), que ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la citada Sociedad contra el ayuntamiento trujillano, en demanda de la deuda.

La Sociedad Ibérica de Construcciones Eléctricas presentó el 17 de junio del 2002 en el Ayuntamiento de Trujillo una reclamación solicitando el pago de la deuda que tenía contraída como consecuencia de varias obras de reparación y mantenimiento de los semáforos. La cantidad total reclamada ascendía a 31.892,69 euros.

En la contestación a la demanda, el ayuntamiento alegaba su consideración de que "ha existido prescripción desde su emisión en 1995 hasta el 2002 en que se reclamaron". Reconocía, no obstante, que debían pagarse las emitidas a partir del 2000.

En su sentencia, la Sala hace referencia a que la doctrina jurisprudencial viene reiteradamente diciendo que, cuando la Administración no cumplió a su debido tiempo con su obligación de abonar el saldo resultante de la liquidación está obligada también al pago de los intereses legales devengados por aquella demora..., esto es, desde la fecha de la interposición del recurso hasta su efectivo pago.

Así, en atención a los expuesto por la compañía recurrente y la administración demandada, y en base a la jurisprudencia, la Sala de lo Contencioso-Adminiustrivo resuelve a favor de la primera. Así, falla estimando el recurso interpuesto por la Sociedad Ibérica de Construcciones Eléctricas, condenando al Ayuntamiento de Trujillo a abonarle la suma de 8.985,88 euros más los intereses legales correspondientes.