Se dirigía por la carretera EX213 en dirección a Cabrero a 90 kilómetros por hora, en un tramo en el que el límite de velocidad estaba fijado en 70 km/h. Tomó una curva y al salir de ella se salió del carril derecho. Para evitar chocar contra la barrera metálica y el bordillo de hormigón que había en el arcén, dio un volantazo que dejó en el suelo marcadas unas huellas de fricción e invadió sin control el arcén izquierdo. Por este espacio circulaban en ese momento dos ciclistas, de forma reglamentaria y en fila india. El conductor no se percató de su presencia. Como no los vio, no realizó ningún tipo de maniobra para evitar chocar contra ellos por lo que impactó contra una de las bicicletas. El choque fue tal que el ciclista y su bicicleta salieron proyectados contra un talud rocoso, provocando su muerte de manera inmediata. Después el conductor también impactó contra estas rocas. El fallecido tenía 32 años y era natural de Barrado. Convivía con sus padres y con su hermana.

Según ha probado el Juzgado de lo Penal Número 1 de Plasencia y confirma ahora la Audiencia Provincial de Cáceres, el tramo en el que ocurrieron los hechos tenía la suficiente visibilidad. Ocurrió sobre las 16.45 horas pero también se ha descartado que pudiera haber sido deslumbrado por el sol. Según recoge el fallo, la distracción fue motivada por encontrarse bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, tal y como quedó acreditado en los análisis que le realizó la Guardia Civil tras el accidente mortal. Él, indica el fallo, se negó en un primer momento a hacérselos. Dio positivo en alcohol, cocaína y anfetaminas.

La Guardia Civil advirtió en él además comportamientos extraños. Primero porque mostró indiferencia ante lo que había ocurrido y segundo porque estaba nervioso, con temblor corporal. Olía a marihuana y no paraba tampoco de hablar, tenía los ojos enrojecidos, las pupilas dilatadas y hacía movimientos bruscos con los ojos. Los hechos ocurrieron en diciembre del 2017 y un año después (antes de que se celebrase el juicio) el acusado inició un tratamiento de desintoxicación en el Centro de Drogodependencia Extremeño (Cedex).

El Juzgado de lo Penal Número 1 de Plasencia le condenó a tres años y tres meses de prisión por un delito de homicidio por imprudencia grave, condena que ahora ha confirmado la Audiencia Provincial de Cáceres. Además, en concepto de responsabilidad civil, debe pagar a los padres y a la hermana del fallecido 173.483 euros. La compañía y el condenado ya abonaron su parte correspondiente. El acusado recurrió la sentencia de primera instancia alegando un error en la valoración de la prueba. La Audiencia lo ha desestimado.