Tres sentencias para maltratadores ha dictado en una semana el titular del Juzgado de lo Penal 2 de la ciudad. Las penas, 4 años de prisión y 14 de alejamiento a Pedro C. O. por maltratar habitualmente a su exnovia, a la que además agredió y coaccionó en distintas ocasiones; y 1 año y 9 meses de prisión, 6 y medio de alejamiento y el pago de 4.700 euros de indemnización a José A. G. A., por maltrato continuo a su esposa y amenazas a su hija.

En el caso del tercer procesado, A. C. D., maltratador habitual de su madre, el juez le absuelve "al considerar acreditada la concurrencia de una circunstancia que le exime de responsabilidad criminal, la de cometer los hechos a causa de la alteración psíquica que padece". Acuerda, no obstante, su internamiento durante 2 años y medio en un centro adecuado a su patología.

En el primer caso, el juez declara probado que Pedro C. sometió a un continuo maltrato, con agresiones y amenazas, a su pareja durante los dos años y medio que mantuvieron de convivencia; y que este maltrato siguió, a través de llamadas, mensajes al móvil..., después de que ella decidiera romperla.

Por estos hechos el juez le declara autor de un delito de maltrato habitual, por el que le impone una pena de 1 año y 9 meses de prisión; dos delitos de lesiones, por cada uno de los cuales le condena a 9 meses de prisión; y de un delito de coacciones, por el que le impone otros 9 meses de cárcel.

De parecidos hechos, en este caso hacia su mujer y su hija, declara culpable a José A., al que impone una pena de 1 año y 9 meses de prisión y 8 días de localización permanente por un delito continuado de amenazas, otro de violencia de género y una falta continuada de injurias hacia su esposa, y otros 8 días de localización por una falta continuada de amenazas a su hija. Tendrá además que pagar 3.710 euros de indemnización a su esposa por las lesiones y daños morales causados, y 1.000 a su hija.

Y probado por el juez se declara que A. C. "ha venido desde aproximadamente mediados del 2007 manteniendo una actitud agresiva hacia su madre, pidiéndole constantemente dinero, insultándola, amenazándola y llegando incluso en alguna ocasión a zarandearla". Por sentencia de 18 de febrero del 2010 el Juzgado número 5 declaró su incapacidad, lo que el titular del Juzgado de lo Penal ha estimado como eximente para absolverle de los delitos de violencia doméstica habitual de los que se le acusaba, acordando, de conformidad con la acusación y la defensa, su internamiento durante 2 años y medio en un centro especial para el tratamiento de su patología.