El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Extremadura ha declarado improcedente el cacheo, con desnudo integral, que el pasado 9 de mayo se realizó a tres internos del Centro Penitenciario de Cáceres.

En el auto dictado el pasado 22 de agosto por el citado juzgado, al que ha tenido acceso EL PERIODICO, se declaraba textualmente que el cacheo realizado a Jesús Francisco Gómez Gómez y sus hijos Juan Carlos y José Antonio Gómez Venegas "no se ha realizado con los requisitos legales pertinentes, al no estar suficientemente motivadas las razones que llevaron a efectuarlo".

Resuelto el caso por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, el asunto ha llegado hasta la vía penal. El Juzgado de Instrucción 2 ha admitido la denuncia interpuesta por Angel Luis Aparicio, abogado de los tres internos, y en estos momentos se instruye la causa por un presunto delito contra la integridad moral, en el que podrían haber incurrido funcionarios del centro penitenciario contra los tres internos que han denunciado el caso.

LOS HECHOS Jesús Francisco Gómez, de 52 años, y sus hijos José Antonio y Juan Carlos, de 28 y 26 respectivamente, se encuentran en prisión por delitos de tráfico de drogas. Vecinos de Coria, el primero ingresó en el Centro Penitenciario el 3 de abril del 2003, para cumplir una condena de 6 años, y sus hijos, condenados a 4 y 3 años, ingresaron el 24 de marzo del año pasado.

Los hechos sobre los que se ha pronunciado el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y ahora investiga el Juzgado de Instrucción número 2 ocurrieron el pasado día 9 de mayo. Al parecer, según relató ayer a este diario Encarnación Venegas, esposa y madre de los tres denunciantes, "mi nuera y yo teníamos un bis a bis con mi marido y mis dos hijos, pero antes de producirse les llevaron a una habitación del módulo cinco y delante de diez funcionarios los dejaron desnudos y, sin darles explicación alguna del por qué, les cachearon".

Su abogado, Angel Luis Aparicio, concretó que el trato recibido por sus representados, "haber sido cacheados con un desnudo integral sin poner los mínimos medios de decoro que exige la ley, como la presencia de un mínimo de funcionarios, en solitario y nunca en presencia de otros internos, facilitando una sábana o bata...; con un trato que podría calificarse de vejatorio; y sin razones justificadas", podría ser constitutivo de un delito contra la integridad moral, castigado con penas de entre seis meses y dos años de prisión.

Desde la dirección del centro penitenciario se negó esta acusación. Se aseguró que en todo momento "se respetaron todos los derechos de los tres internos y en ningún caso se produjo trato vejatorio alguno, se actuó como establecen las normas". Aceptando lo resuelto por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, eludieron hacer más comentario alegando que el asunto está en manos de la justicia y habrá de ser el juez quien resuelva.