La Audiencia Provincial de Cáceres ha ratificado, en una sentencia del cinco de julio, el fallo del Juzgado de lo Penal número dos que condena a Carmen Heras, exalcaldesa de la ciudad, a ocho años de inhabilitación para cargo público por el caso 'Urban Screens'. Emilio Cortés, letrado defensor de la exregidora, sigue manteniendo la convicción de que "no hay pruebas suficientes" y ayer anunció, en conversaciones con este periódico, que recurrirá la decisión "hasta el final". La sentencia, sostiene, sólo admite recurso de casación ante el Tribunal Supremo, aunque la nueva legislación podría abrir la posibilidad del Tribunal Constitucional, algo que tendrá que aclarar la Audiencia. El fallo de la sentencia sí incluye una puntualización que había solicitado el propio abogado: la inhabilitación sólo afectará a cargo público (de concejal o alcalde) por lo que la exregidora socialista podrá continuar con el desempeño de la docencia en la Universidad de Extremadura. En la misma situación se encuentran los exconcejales Francisco Torres y Víctor Santiago, también del PSOE, todos por el mismo delito de prevaricación administrativa derivado de la gestión del festival de artes visuales.

Los hechos se remontan a julio de 2010, cuando se suscribió un convenio de colaboración entre el consorcio 'Cáceres 2016', entidad presidida por Heras, entonces alcaldesa, y la empresa Avicart con el que se buscaba promocionar la capitalidad cultural de la ciudad en 2016. En virtud del acuerdo, el organismo se comprometió a aportar 60.000 euros para la actividad. Avivart no consiguió cubrir el coste total del festival, ante la falta de otros patrocinadores, y éste concluyó con un déficit de más de 80.000 euros, como se recoge en la sentencia.

Heras, como presidenta del consorcio, asumió ante la empresa "la voluntad política" de cubrir aquel déficit, aunque no se siguió ningún expediente para dar cobertura a tal compromiso. En lugar de ello, se celebró una reunión entre miembros de Avivart y los concejales consignados, "en la que no participó la alcaldesa" según admite el escrito, tras la que la promotora giró frente al Ayuntamiento de Cáceres cuatro facturas cuyo importe ascendía a 81.373,80 euros. La condena se sustenta, recoge el escrito, en que los acusados procedieron a su pago a sabiendas de que contravenía la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que establece un límite de 18.000 euros para la adjudicación de contratos que no sean de obras.

La sentencia de la Audiencia Provincial también observa "una connivencia" entre los acusados y entiende que "pretender que no actuaron de forma coordinada y concertada escapa a las más reglas elementales de la lógica". Sin embargo, la defensa de la alcaldesa siempre ha sostenido que firmó el documento el último día de su mandato, en un momento en el que se producía el cambio de gobierno en la ciudad, y ayer mantuvo que "no bastan simples injerencias", por lo que "sigue sin estar probada la culpabilidad de Carmen Heras". La condena motivó que la dirigente socialista dimitiera como presidenta del PSOE de Extremadura.