Las lugares donde se manipulen materiales explosivos deberán situarse dentro de un recinto con cerramiento adecuado, dotado de un corredor exterior para facilitar la protección. Además deben tener dos salidas al mismo nivel.Según el Real Decreto 230/1998 de 16 de febrero y la directiva 2007/23/CE de la Unión Europea, el establecimiento no podrá vender ni almacenar en el mismo sitio material inflamable de más de 50 kilogramos. No podrá vender petardos a menores de 16 años y deberá asegurar que la utilización del material pirotécnico de media y alta peligrosidad se use en grandes superficies y no en recintos residenciales. Debe tener una fachada con dos puertas de emergencia, conexión con el centro de comunicaciones y con la Guardia Civil. Además debe poseer vigilancia humana o física.