La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha confirmado la sentencia del 13 de abril del 2005 del Juzgado de lo Social 1 por la que, estimando la demanda interpuesta por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social contra el propietario del Club Latinos de Miajadas y nueve mujeres extranjeras, la mayoría brasileñas y rumanas, declaraba la existencia de relación laboral entre ellos "con todas las consecuencias legales inherentes".

En base a la inspección realizada en el Club-Hostal Latinos, y a las pruebas practicadas, el juzgado declaró probado que las mujeres también demandadas "realizan labores propias de alterne en el local, en el cual residen; en el interior del hotel Latinos y bajo la inmediata dirección y control del dueño, Manuel Oliva, se ocupan de que los clientes consuman con ellas las bebidas que se sirven y ello a cambio del 50% del valor de cada una, debiendo realizar diariamente su actividad entre las 17.00 y las 03.00 horas; y si la interesada y el cliente acuerdan mantener relaciones sexuales a cambio de dinero, así lo hacen libremente en el local".

El dueño del establecimiento --recientemente juzgado por un delito de inducción a la prostitución, y pendiente de sentencia-- niega tal relación laboral asegurando que "las mujeres son clientes del hostal, se hospedan en él y pagan por ello, y si les apetece, sin ningún horario preestablecido y de forma totalmente voluntaria, acuden a la cafetería y se relacionan con otros clientes, pero sin percibir ésta nada a cambio". El juzgado, y también el TSJEx, sí aprecia existencia de relación laboral entre ellos.