Fiscal y acusación particular consideraron a Juan Francisco Parejo autor de un delito de asesinato y otro de tenencia ilícita de armas. Por el primero pidió la fiscal 17 años de prisión y uno y medio por el segundo, y la acusación 23 y 2 respectivamente. Tras conocer el veredicto del jurado, la fiscal mantuvo su petición, mientras que la acusación, ante la concurrencia de la atenuante, se sumó a la petición del fiscal.

Por su parte, la defensa había solicitado la libre absolución para el procesado, justificándola en "la grave enfermedad mental que padece mi defendido". Por ello solicitó que se le aplicaran las eximentes completas del artículo 20.1 y 20.6 del Código Penal, referentes al trastorno mental transitorio y el actuar impulsado por un miedo insuperable; así como las atenuantes de actuar por arrebato y obcecación.