El Ministerio de Fomento tendrá que pagar 18.300 euros, más los intereses de demora, al propietario de unos bienes expropiados hace ya diez años para la ejecución de la Autovía de Extremadura. Así lo ha resuelto la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), que ha estimado el recurso interpuesto por dicho propietario contra la resolución de la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura, de fecha 14 de febrero del 2003, por la que se le denegaba la reclamación del pago de los intereses devengados por el justiprecio de los bienes expropiados.

Demarcación de Carreteras desestimó su reclamación, pero ahora la citada Sala del TSJEx, según resuelve en sentencia de fecha 20 de junio, anula la resolución del Ministerio de Fomento "por no estar ajustada al ordenamiento jurídico", y reconoce "el derecho del recurrente a percibir, por los intereses de demora del justiprecio de los bienes que le fueron expropiados, la cantidad de 18.300 euros".

RECONOCIDO En la sentencia se hace constar que son hechos no cuestionados que el justiprecio fue pagado en fecha 23 de mayo de 1996 y que los intereses fueron reclamado en escrito que tuvo entrada en la administración en fecha 12 de junio de ese mismo año. Asimismo, que a dicha petición no se dio respuesta alguna, por lo que en fecha 7 de febrero del 2002 tuvo entrada en la Administración una nueva petición de intereses del recurrente, que fue a la que se respondió con la resolución en la que se desestimaba la reclamación de intereses alegando que "se encontraba prescrita, por haber transcurrido más de cinco años".

Pero según la Sala de lo Contencioso, y entre otros hechos, ya con fecha 9 de marzo del 2000 "consta un denominado resumen valorativo en el que, entre otros expropiados, aparece el recurrente con unos intereses reconocidos de 18.300 euros".