EL ALCALDE Y EL PLENO

La ley de Bases de Régimen Local fija las competencias de la alcaldía, la junta de gobierno y el pleno. Las dos primeras tienen al PP al frente. La alcaldesa es del PP y la junta de gobierno está formada por concejales de este grupo político. En el pleno están los 25 ediles de la corporación: 11 del PP, 8 del PSOE, 4 de Ciudadanos y 2 de CáceresTú. En el pleno, la suma de los ediles de PSOE, C's y Podemos da mayoría. La primera función que la ley da a la alcaldía es la de dirigir el gobierno y la administración. La primera que da al pleno es el control y fiscalización de los órganos de gobierno.

EL OBJETIVO

Lo que pretende el recurso es dirimir si el pleno puede modificar un acuerdo que corresponde a la alcaldía por competencia de funciones.

LOS ARGUMENTOS

El gobierno local (PP) tiene dos razones para considerar que el pleno no puede variar el acuerdo de la alcaldía de que el concurso de los toros incluya una aportación de 40.000 euros.

LEY DE CONTRATOS

La primera es que corresponde a la alcaldía la decisión sobre un contrato como el de la explotación de la plaza tanto por su importe (inferior a 6.000.000 de euros) como por su duración (no superior a cuatro años).

LEY HACIENDA LOCAL

La segunda es que la competente para formar el presupuesto es la alcaldía, por lo que el pleno no puede limitar esta función diciendo que no se incluya una partida de 40.000 euros para los toros (otra cosa es que luego, tras elaborarse el presupuesto, sea el pleno el órgano que se encargue de decidir si se aprueba o no).