La exalcaldesa de Cáceres, Carmen Heras, ha destacado hoy que los hechos por los que se le condena por un delito de prevaricación administrativa "no integran, desde ningún punto de vista, un supuesto asimilable por el concepto jurídico -o sociológico- de corrupción política". Heras ha puesto esta semana su cargo a disposición del partido, después de haber sido condenada a 8 años de inhabilitación para empleo o cargo público por un delito de prevaricación administrativa cometido cuando era alcaldesa de Cáceres. Así lo anunció el secretario general del PSOE de Extremadura y presidente de la Junta, Guillermo Fernández Vara, tras precisar que, según los estatutos del partido, cuando un militante es condenado por los Tribunales "su baja como militante es automática".

Carmen Heras ha hecho público hoy un comunicado, a través de su abogado, Emilio Cortés Bechiarelli, en el que se pronuncia oficialmente sobre la sentencia que la condena a ella y a otros dos ediles socialistas durante su mandato a ocho años de inhabilitación para cargo público por un delito de prevaricación administrativa al cometer irregularidades en el pago del espectáculo Urban Screens de 2010. En su escrito, Heras agradece las muestras de apoyo y afecto recibidas, muchas de ellas por los cargos y compañeros de su partido, que han destacado su honradez y decencia y han puntualizado que este caso en ningún aspecto puede ser calificado de corrupción política. La exalcaldesa muestra su respeto por la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 2 de Cáceres, aunque entiende que "los aspectos esenciales de su fundamentación fáctica y jurídica pueden ser revisados a través de los recursos ordinario y extraordinario que el ordenamiento jurídico ofrece para tal fin" y que ahora su principal empeño es demostrar su "inocencia" en las instancias que correspondan.

Insiste en que su caso no puede calificarse en ningún sentido de corrupción política, pues "ninguno de los condenados ha obtenido enriquecimiento de especie alguna como consecuencia de este suceso, ni tampoco la empresa encargada de la ejecución del proyecto, más allá del cobro de sus legítimos honorarios abonados por la actual Corporación Municipal". "La sentencia recoge la falta de tramitación administrativa de ese abono, elevándolo a la categoría de delito, pero nada más", añade Heras, quien señala que aquellos que "tratan de considerar el caso Urban Screen como una manifestación de corrupción demuestran su ignorancia o sus prejuicios" hacia el PSOE, partido al que todavía, según precisa, pertenece. También aclara que "no existe esa adjudicación a dedo de la que algunos medios de comunicación hablan, no sabemos -o sí- con qué intención". Concluye que "el contrato estaba asignado a una empresa concreta a través del Consorcio Cáceres 2016 con todas las garantías legales, siendo otros muy diferentes los hechos que se han considerado probados".