El Juzgado Número 2 de lo Penal condena a la exalcaldesa Carmen Heras (PSOE) y a los exconcejales de Turismo e Innovación, Francisco Torres (Prex Crex) y Víctor Santiago Tabares (PSOE), respectivamente, a ocho años de inhabilitación para empleo o cargo público por un delito de prevaricación administrativa, derivado de la gestión del festival de artes visuales Urban Screens.

La juez estima que los tres acordaron fraccionar en cuatro facturas el pago de 81.373 euros para burlar la ley de contratos públicos y evitar así sacar a concurso la celebración del evento, con el que se iluminaron las fachadas de los principales edificios históricos de la ciudad para potenciar la declaración de Cáceres como capital europea de la cultura en 2016, título que finalmente no logró.

Las defensas de los tres políticos cacereños, representadas por los abogados Emilio Cortés (defiende a Carmen Heras) y Francisco Elías (representa a Francisco Torres y a Víctor Santiago Tabares), ya han anunciado que interpondrán un recurso de casación ante la Audiencia Provincial por considerar que la deliberación de la juez no se ajusta a las pruebas que se presentaron en el plenario.

La sentencia afecta de manera más directa a la exalcaldesa Carmen Heras, que a día de hoy ejerce como presidenta del comité ejecutivo regional del Partido Socialista. Según confirmaron a este diario fuentes del PSOE, Heras deberá dejar la militancia y por tanto la presidencia que actualmente ostenta, un puesto honorífico. El artículo 10 de los estatutos del partido contempla que "ser condenado por la comisión de un delito doloso, aunque la sentencia no sea firme", es considerado una razón de peso para abandonar la militancia. A priori este sería el caso de Carmen Heras, condenada pero no de manera definitiva.

Este diario intentó ayer ponerse en contacto con la exalcaldesa, que primero no cogió el teléfono y lo desconectó después. Desde el partido también intentaron ayer hablar con Carmen Heras, pero tampoco respondió a las llamadas. Según el PSOE, una vez que se reciba oficialmente la sentencia se remitirá al comité ejecutivo federal en Madrid, que es el órgano encargado de decidir si debe o no abandonar la militancia socialista. Todo ello contando con que, antes de que eso ocurra, Carmen Heras no presentara su dimisión.

SU SITUACION LABORAL A priori la sentencia también afectaría a la situación laboral de la exalcaldesa, que actualmente ejerce como profesora titular en la facultad de Formación del Profesorado de la Universidad de Extremadura (la inhabilitación es también para el ejercicio de empleo público). Sin embargo no está claro que deba dejar su puesto de trabajo. En cualquier caso, como va a recurrir la sentencia, hasta que la condena no sea firme Heras podrá continuar como docente en la universidad. Su abogado aseguró ayer que va a pedir una aclaración a la juez porque el hecho de que se haya incluido en la inhabilitación la coletilla de empleo público "debe ser un error". Asegura que el día que se celebró el juicio se acordó lo contrario.

Según la sentencia Avivart, la empresa que organizó el Urban Screens, firmó un convenio con el Consorcio Cáceres 2016 (en el que Carmen Heras ejercía de presidenta) en virtud del que este organismo se comprometía a aportar 60.000 euros para la celebración del festival. Más tarde los promotores comunicaron a Heras que, al no tener suficientes patrocinadores, necesitaban más dinero para poner en marcha el evento.

Así Carmen Heras, que también era en aquel momento alcaldesa de Cáceres, "conocedora por su cargo de que era necesario abrir un proceso de contratación que garantizase el libre acceso a cualquier empresa en un procedimiento abierto y con publicidad", decidió que el ayuntamiento realizara dicha aportación económica a Avivart. La cantidad ascendió a 81.373 euros.

La exalcaldesa se puso entonces en contacto con los concejales Francisco Torres y Víctor Santiago Tabares para conocer si había alguna manera de imputar los gastos que faltaban para cubrir el festival a sus concejalías. Según la juez "todos ellos, de común acuerdo y a sabiendas de que la cuantía del contrato era superior a 18.000 euros" (cantidad máxima para un contrato menor) "decidieron fraccionar los distintos servicios objeto del contrato (aun cuando sabían que se trataba de prestaciones con un solo objeto) burlando notoriamente la ley".

El fraccionamiento lo efectuaron de la siguiente manera. El concejal de Innovación, Víctor Santiago Tabares, firmó dos contratos con Avivart; el primero, para sufragar la iluminación de la fachada de la Preciosa Sangre (11.994 euros). El segundo, para iluminar la fachada del Chalé de los Málaga (11.994 euros). Para abonar los recibos utilizó fondos de los proyectos Fénix y Aldealab. Además las facturas carecían del procedimiento administrativo, ya que no se incoó ningún expediente al respecto.

Por su parte el área de Turismo, de Francisco Torres, sufragó la puesta en marcha de la página web que divulgaba el festival (9.600 euros). Para ello utilizó fondos del proyecto Netur. En este caso tampoco se abrió ningún expediente administrativo.

NO ERA SUFICIENTE Sin embargo estas tres facturas, que sumaban casi 33.600 euros, no fueron suficientes para cubrir el total de la deuda con la empresa organizadora. Por esta razón, señala la juez, Carmen Heras firmó una última factura por un importe de 47.782 euros en concepto de "proyecciones audiovisuales", en la que también se omitió el proceso administrativo. Todos los recibos se han abonado a la empresa que promovió el festival, pese a que contaban con informes negativos de Intervención y Tesorería del ayuntamiento. La última factura, la de

47.782 euros, se abonó en el proceso de pago a proveedores del año 2012, cuando ya estaba en el gobierno municipal Elena Nevado (PP). Ella fue quien puso en conocimiento de la Fiscalía lo que había ocurrido con este festival.

Los dos ediles reconocieron en el juicio que no se incoó expediente administrativo debido a la carga de trabajo que soportaban los técnicos en aquel momento. Heras por su parte manifestó que su función se basó en consultar con los concejales si era legal imputar las facturas a los fondos de sus concejalías. Como los técnicos dijeron que sí ella se desentendió de la tramitación de los expedientes.

FACTURA FUERA DE LO NORMAL En cuanto a la última factura que firmó la exalcaldesa (de 47.782 euros) la juez estima que "debió llamar su atención" primero por su cuantía y segundo porque no iba acompañada de expediente alguno. Tampoco estaba dirigida a ninguna concejalía, como es lo habitual, sino al ayuntamiento, "lo que no es una circunstancia que pueda calificarse de normal". La factura iba firmada "con reparo" por el interventor, lo que significa que el técnico observaba algo extraño en la misma.

La defensa de los dos ediles basará su recurso en que las facturas que ellos emitieron corresponden a un contrato menor, al ser inferiores a 18.000 euros. Considera que la iluminación de las diferentes fachadas eran actividades diferentes, a pesar de pertenecer a un mismo festival. Su letrado, Francisco Elías, recuerda también que el Consejo Consultivo de Extremadura estimó en el año 2012 que esas facturas (no la de 47.782 euros, sino las que se imputaron a las concejalías de Turismo e Innovación) estaban dentro de la legalidad. Por esta razón no entiende por qué se llegó a imputar a sus dos representados.