La ordenanza de la publicidad exterior establece que su incumplimiento será sancionado con una multa en la cantidad autorizada por las leyes, la legislación local permite a los alcaldes imponer multas de 90 euros, aunque la ordenanza también regula que se graduará la cantidad en función de la gravedad de la infracción.

El ayuntamiento adjudicó a una empresa en la anterior legislatura la concesión para el uso publicitario de las vallas de protección de peatones que están colocadas en las principales vías urbanas. En este caso se autorizó el uso de un bien de dominio público tras una concesión que conlleva el pago de un canon al consistorio.