Casi 15.000 euros de indemnización recibirá una usuaria del autobús urbano de Cáceres que demandó a la empresa por las lesiones sufridas en una caída durante un viaje.

Así lo establece la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cáceres, al haber desestimado el recurso presentado por Autobuses Urbanos del Sur y Seguros Mercurio contra la sentencia del Juzgado número 6, que establecía el pago de una indemnización de 16.420 y 1.202 euros respectivamente. La Audiencia confirma el pago, aunque reduce la cantidad a 14.970 euros.

Todo ocurrió cuando A. M. G. R. viajaba en el autobús urbano y al acceder éste a la rotonda existente entre la calle Londres y la avenida Virgen de Guadalupe se le cayó una bolsa que llevaba entre los pies y después cayó ella al intentar cogerla. A consecuencia de la caída, que la usuaria considera se debió a una velocidad inadecuada del autobús, ésta sufrió daños en una rodilla, requiriendo incluso ser operada del menisco. Por este hecho demandó a la empresa.

RESOLUCION Autobuses Urbanos del Sur y la Compañía de Seguros Mercurio recurrieron la sentencia por estimar que la caída era culpa exclusiva de la víctima, "pues se ha probado que la mujer cae dentro del autobús cuando se inclina imprudentemente para coger una bolsa soltándose de la barra" --la mujer asegura que no se soltó--.

Pero el tribunal estima, una vez examinadas las pruebas, que "no sólo no se ha acreditado por los demandados la culpa exclusiva de la víctima, sino que la prueba de que la bolsa se desplazó cuando el autobús accedía a la rotonda evidencia que el conductor no adoptó todas las precauciones que le eran exigibles, o al menos que la velocidad a la que circulaba no era la adecuada para acceder y continuar por la rotonda, de ahí que primero se desplazara la bolsa y posteriormente su propietaria".

Además, para el tribunal otro dato que avala "lo inadecuado de la conducción", y así se refleja en la sentencia, son las importantes lesiones que se causó la mujer cuando fue desplazada "por la fuerte inercia que desplegó el autobús al acceder y circular por la rotonda".

Por todo ello, la Audiencia desestima el recurso interpuesto por la empresa Autobuses Urbanos del Sur y la compañía de seguros Mercurio y condena a éstos a pagar solidariamente a A. M. G. R. una indemnización de 14.970,06 euros "por los daños y perjuicios causados por la caída sufrida cuando viajaba como ocupante de uno de los autobuses de su propiedad".