Aprecia posible delito en la actuación de Educanet en el juicio verbal derivado de la reclamación de 210 euros hecho a una presunta usuaria, a la que el magistrado absuelve.

La Ley de Enjuiciamiento Civil establece que cuando en un proceso civil se ponga de manifiesto un hecho que ofrezca apariencia de delito o falta perseguible de oficio, el tribunal lo pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal por si hubiera lugar al ejercicio de la acción penal, y esto es lo que ha hecho un juez de Cáceres.

El magistrado titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Cáceres, tras el juicio verbal celebrado ayer, derivado de la demanda presentada por la empresa

Educanet, domiciliada en la localidad sevillana de Rinconada, contra una cacereña por el impago de 210 euros por un supuesto curso de formación en emergencias, primeros auxilios y lucha contra incendios.

Pero de acuerdo con las pruebas aportadas, indica el juez en su sentencia, se absuelve a la demandada, al tiempo que se pone en conocimiento la comisión de un posible delito de estafa por Educanet, empresa que también actúa con otros nombres, como el de Prescal.

Y también pone de manifiesto en su fallo, que contra este tipo de empresas hay un comunicado de la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social del Ministerio de Trabajo e Inmigración denunciando a estas empresas que se amparan en una normativa inexistente para exigir la obligatoriedad de cursos de prevención de riesgos laborales. Así como que, concretamente respecto a Prescal, hay una denuncia pública formulada recientemente por la Federación Empresarial Cacereña en la que se alerta sobre la posible comisión de una estafa por esta empresa con la oferta de cursos de prevención.