El Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres ha concedido la incapacidad permanente total a un camarero-cocinero al entender que la patología del trabajador, a consecuencia de las secuelas que tiene por el ictus que sufrió, es actualmente incompatible con cualquier actividad laboral reglada.

De esta forma, el magistrado ha estimado la demanda contra la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) que indicaba que el trabajador no estaba afectado de grado alguno de invalidez.

El trabajador regentaba una cafetería-heladería en la que se servían tapas y comidas y en la cual trabajaba como camarero, cocinero y administrativo cuando sufrió un ictus.

Los informes de los peritos indican que cuenta actualmente con limitaciones tanto motoras como cognitivas-funcionales, así como una ceguera parcial en el ojo izquierdo, ha informado en nota de prensa el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx).

En concreto el diagnóstico es de hematoma parieto-temporo-occipital derecho con efecto masa realizándose craneotomía descompresiva y evacuación del hematoma.

También tiene un hematoma subdural cortical derecho, focos de hemorragia subaracnoidea derechos, dilatación de arteria cerebral comunicante anterior en relación con infundíbulo, hipertensión arterial y craneoplastia con recolocación de colgajo óseo propio.

La sentencia concluye que la patología del trabajador "es actualmente incompatible con cualquier actividad laboral reglada", por ello se le concede la incapacidad permanente total, así como el derecho a recibir una pensión de un 55 por ciento de la base reguladora más los incrementos legales y revalorizaciones procedentes.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida en suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.