La Junta de Extremadura ha abierto en lo que va de año un total de 115 expedientes a bares y locales de copas de la capital por incumplimiento de los horarios de cierre. Según los datos facilitados por la Dirección General de Justicia e Interior de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, competente para incoar los expedientes, una quincena ya se han resuelto con sanción y un centenar se están tramitando en la actualidad.

Los locales sancionados se enfrentan a multas que oscilan entre los 300,50 y 3.000 euros, dependiendo del grado de reincidencia. Los establecimientos "con sanción firme", según la información registrada por este departamento de la Junta, son Barroco, Maquiavelo, Farmacia de Guardia, Kouros, Tragos, Tepui y Blueberry. A excepción de Tragos y Tepui, abierto en la calle Segovia en Nuevo Cáceres, el resto de establecimientos están situados en La Madrila baja (plaza de Albatros) y la plaza Mayor.

La Dirección General de Justicia e Interior precisa que no facilita datos o denominaciones de los locales que tienen incoado expediente, "toda vez que éstos se encuentran instruyéndose, por tanto dentro de la esfera de la administración instructora y los interesados". Este departamento recuerda también que "esta instrucción no implica necesariamente una resolución sancionador" sobre estos establecimientos, por lo que "no resulta procedente publicitar su nombre o denominación".

Aunque son los agentes de la autoridad los encargados de levantar actas de propuesta de sanción si los locales rebasan los horarios de cierre establecidos por la orden autonómica de 16 de septiembre del año 1996, en la que también se incluyen los espectáculos públicos y actividades recreativas. Esta normativa fija que las infracciones serán sancionadas de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

EL PROCEDIMIENTO Asimismo, establece que en las actas de denuncias levantadas por los agentes de la autoridad relativas a presuntas infracciones deberá constar, entre otras cuestiones, el número aproximado de las personas que se encuentren en el local en el momento de la inspección y la presunta infracción o infracciones cometidas. Estas actas tienen que ser enviadas posteriormente por los agentes a la Consejería de Administración Pública y Hacienda a efectos de incoar el correspondiente expediente sancionador, si procede.

Los horarios de cierre para invierno (del 1 de octubre al 31 de mayo) fijan que los cafés, bares, cafeterías y restaurantes puedan permanecer abiertos hasta las 1.30 horas --media hora más viernes, sábados y vísperas de festivos--, bares especiales a las 2.30 horas y a las 4.00 horas para discotecas, cafés-teatros, salas de baile y cafés-conciertos. En verano, este horario de cierre se amplía en todos los casos durante media hora más.