Los dos propietarios y el camarero del bar Kuky a los que se acusaba de vender droga en el establecimiento han resultado absueltos. La Audiencia Provincial considera que "no se ha acreditado la venta o distribución de estupefacientes por parte de los procesados" y les absuelve, aunque condena a uno de ellos a un año y medio de prisión por tenencia ilícita de armas.

J. M. L. P., A. V. L. y J. C. P. M. fueron juzgados por unos hechos ocurridos en febrero del año pasado. Agentes de la Policía Judicial habían recibido informes de confidentes sobre la venta de estupefacientes en el bar Kuky, situado en la barriada de Llopis Ivorra, y a fin de comprobar la veracidad de esa información establecieron un servicio de vigilancia del local. "En esa vigilancia --recoge la sentencia como hechos probados-- se apreció que junto con la clientela habitual del barrio acudían al bar otras personas conocidas como consumidores de drogas".

El servicio de vigilancia concluyó el 27 de febrero, día en que procedieron a identificar y cachear a J. C. P. M., uno de los propietarios, al que intervinieron dos envoltorios con 846,1 miligramos y 6,95 gramos de cocaína; y también al camarero A. V. L., al que intervinieron un trozo de 3,52 gramos de hachís.

En el registro del bar se intervino, asimismo, una paleta con restos de cocaína, una balanza de precisión y una pistola de fogueo modificada a fin de poder disparar con ella munición.

Por estos hechos el fiscal acusó a los tres procesados de un delito contra la salud pública por el que pedía para cada uno de ellos 11 años de prisión y 2.317 euros de multa, y de un delito de tenencia de armas prohibidas, por el que pidió dos años y medio de prisión, a J. C. P. M., propietario de la pistola.

El tribunal que juzgó a los acusados sí ha considerado probado el delito de tenencia ilícita de armas imputado a J. C. P. M., al que condena a un año y medio de prisión por el mismo, pero no así el tráfico de drogas.

"No ha quedado acreditado el tráfico de drogas del que se les acusaba ya que no hay prueba directa alguna de actos de venta o difusión de droga, y las sustancias intervenidas lo fueron en el exterior del local y en muy pequeñas cantidades"; y además, se añade, "los instrumentos intervenidos son compatibles con el tráfico, pero también con la preparación de dosis individuales para consumo propio".