El juez resuelve que el informe del ruido de la Madrila no se manipuló. En un auto dictado con fecha del pasado 30 de enero y que ayer fue notificado a las partes, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Cáceres decreta el sobreseímiento provisional del documento que, realizado por el Seprona de la Guardia Civil en el 2009, fue clave para que la Audiencia Provincial de Cáceres decidiera hace nueve meses el cierre cautelar de ocho locales de copas, a raíz de la querella admitida a trámite de Cacereños Contra el Ruido contra los hosteleros por un presunto delito de contaminación acústica.

A pesar de que el abogado de Pasadena Copas y Barroco, Angel Luis Aparicio, denunció una supuesta manipulación del informe, el juzgado concluye ahora que no existió, coincidiendo así con la tesis del fiscal que ya se pronunció en el mismo sentido. El auto es claro al exponer que "no se ha alterado la verdad" en el documento de medición de ruidos y recuerda, en relación con el presunto delito de falsedad, que los apuntes que aparecen son "un añadido o adicción manuscrita en una fotocopia".

RAZONES El juez precisa que "no se altera ninguna función del documento que, ratificado en todos sus extremos por el perito, concluye la existencia de ruidos por encima de los parámetros legales". Remarca que "no se ha alterado la verdad, que resulta físicamente comprobable, ni recae sobre elementos periciales del documento". El juzgado añade que "es doctrina jurisprudencial reiterada que las mutaciones de la verdad que no tengan entidad suficiente para afectar los normales efectos de las relaciones jurídicas carecen de relevancia penal", como acontece en este caso.

Además, reitera que "la presunta manipulación no se produce en el informe original sino en una mera fotocopia", sin que tenga "virtualidad de alterar el contenido y el alcance del informe pericial original por lo que, en modo alguno, resulta afectada su finalidad". Ante el auto, cabe recurso de apelación.