Ha sido la revisión más profunda de la justicia penal española desde la reforma del Código Penal de 1995. La Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, entró en vigor el 1 de julio de 2015. Modificó numerosos artículos del Código y suprimió su Libro III, de modo que las faltas pasaron a considerarse ‘infracciones administrativas’ o ‘delitos leves’, con lo que muchos comportamientos que anteriormente eran punibles en el ámbito penal han pasado a serlo solo en el ámbito administrativo (se reservan los juzgados para los casos graves a fin de aliviar su carga). Pues bien, ya existen datos del primer año completo de aplicación de esta ley (2016): los cacereños pagaron sanciones por valor de 1,4 millones de euros, especialmente por drogas (746.838 €), irregularidades con armas (175.604) y desobediencia a la autoridad (158.209).

Conocida como ‘Ley Mordaza’ por la polémica de algunos artículos sobre los derechos de reunión o la libertad de expresión, en realidad esta disposición (a su vez heredera de la ‘Ley Corcuera’), reúne numerosos aspectos relativos a la protección de la seguridad ciudadana, muchos de ellos tan punibles antes como ahora. De enero a diciembre de 2016, primer año completo computado, se interpusieron 2.533 sanciones en la provincia cacereña por una cuantía de 1.455.473 €. Esta cifra supuso el 1,6% del total nacional (España sumó 89,6 millones en sanciones), y curiosamente triplicó la cifra de Badajoz (596.350 € en multas).

Hay que reiterar que no se trata de infracciones especialmente graves, en cuyo caso seguirían la vía penal, sino de hechos menos trascendentes castigados en el ámbito administrativo. Sin embargo, la cuantía de las multas, que pueden llegar a los 600.000 euros, generó tensiones durante la tramitación de la ley.

La droga motivó la mayor parte de las sanciones registradas en Cáceres durante 2016 al aplicarse esta nueva Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana. En total se tramitaron 1.155 denuncias por estupefacientes, que además sumaron la mayor cuantía: 746.838 euros (unos 650 de media por infractor). Casi la totalidad, en concreto 1.136 multas, fueron por incumplir el artículo 36.16, que penaliza «el consumo o la tenencia ilícita de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estén destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos, así como el abandono de los instrumentos o efectos empleados para ello en los citados lugares».

TRASLADO Y CULTIVOS / Otras 9 sanciones se tramitaron por aplicación del artículo 36.17, que sanciona «el trasladado de personas, con cualquier tipo de vehículo, con el objeto de facilitar a éstas el acceso a drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas». Y 9 más fueron por el artículo 36.18, que prohíbe la plantación y cultivo ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en lugares visibles al público. También hubo una multa por el artículo 36.19, que sanciona a los locales que toleren el consumo ilegal o el tráfico de drogas. Es necesario insistir en que si los casos adquieren la envergadura de delitos (infracción penal), pasarían entonces a los tribunales y quedarían fuera del ámbito de esta ley.

En segundo lugar, tras las drogas, el uso incorrecto de armas y explosivos acaparó también buena parte de las sanciones de la ‘Ley Mordaza’ en Cáceres, durante su primer año de aplicación. Se registraron 286, que generaron un total de 175.604 euros en multas (unos 615 de media). De ellas, 231 denuncias (142.672 euros) se interpusieron a tenor del artículo 36.10, que no permite portar, exhibir o usar armas de modo negligente, temerario o intimidatorio, o fuera de los lugares habilitados para su uso, ni hacer lo propio con armas prohibidas. También se registraron 48 multas (31.082 €) en virtud del artículo 36.12, que sanciona la fabricación, reparación, almacenamiento, comercio, transporte o distribución de armas reglamentarias, explosivos catalogados, cartuchería o artículos pirotécnicos, incumpliendo la normativa de aplicación, sin la documentación requerida o excediendo los límites autorizados.

Se contabilizaron también 6 multas por la insuficiencia de medidas para garantizar la conservación de la documentación de armas y explosivos, o por no denunciar su pérdida o sustracción, tal y como recoge el artículo 37.8. Finalmente, se registró 1 denuncia por la exhibición de objetos peligrosos para la integridad física de las personas con ánimo intimidatorio (artículo 37.2).

En tercer lugar, tras las drogas y las armas, existe un apartado muy significativo: las «faltas de respeto y consideración» cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad «en el ejercicio de sus funciones», están penalizadas en el artículo 37.4 de la ‘Ley Mordaza’. Pues bien, estos hechos fueron sancionados hasta en 367 ocasiones en Cáceres durante 2016. La suma de dichas denuncias ascendió a 148.375 euros.

En el mismo sentido, destacaron las 249 sanciones, con una cuantía incluso superior a las anteriores (158.209 €), por la aplicación del artículo 36.6, que penaliza la desobediencia a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, la negativa a identificarse, o la aportación de datos falsos o inexactos. Curiosamente, también hubo dos denuncias (1.400 €) por uso público e indebido de uniformes, insignias o condecoraciones oficiales, o réplicas de las mismas.

ALCOHOL Y OCUPACIONES / En Cáceres también se interpusieron 213 denuncias (135.515 €) en virtud del artículo 36.3, por causar desórdenes en las calles, espacios o establecimientos públicos, u obstaculizar la vía pública con distintos objetos, ocasionando «una alteración grave» de la seguridad ciudadana. Además, hubo 36 sanciones (8.150 €) por situaciones de consumo de alcohol «en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos», que han perturbado «gravemente» la tranquilidad ciudadana, según el artículo 37.17. También se contabilizaron 24 multas (5.600 €) por ocupar inmuebles o permanecer en ellos «contra la voluntad del propietario», o por ocupar la calle.

Dentro de la ‘Ley Mordaza’ se regulan otras muchas normas relacionadas con la seguridad ciudadana. Por ejemplo, en Cáceres hubo 110 sanciones (29.900 €) durante 2016 por el artículo 37.16, que prohíbe dejar sueltos a «animales feroces o dañinos», así como abandonar animales domésticos «en condiciones que pueda peligrar su vida». En menor número se registraron 30 denuncias (19.511 €) por la perturbación de la seguridad ciudadana en actos públicos, y 20 multas (6.700 €) por daños en bienes muebles o inmuebles de uso o servicio público o privado.

LIBERTAD SEXUAL / También se produjeron 4 infracciones (sumaron 1.100 €) por la realización o incitación de actos contra la libertad sexual; 3 denuncias más (1.800 €) por la falta de colaboración con los agentes en la averiguación de delitos o la prevención de acciones contra la seguridad; y otras 3 sanciones (1.852 €) por obstaculizar el funcionamiento de los servicios de emergencia.

Además de las multas, la nueva ley contempla otras medidas, como el decomiso de los medios con los que se ha ejecutado la infracción, o la suspensión temporal de licencias y permisos.