La Ley del Suelo de Extremadura establece que en los planes de ordenación urbana de los municipios se calificará como suelo dotacional las parcelas cuyo destino precedente haya sido el uso docente o sanitario o instalaciones adscritas a la Defensa Nacional, aunque también permite la posibilidad de que se destine el suelo a usos públicos o a viviendas de protección oficial previo informe de la administración pública competente que lo justifique o con la tramitación de la actuación como un proyecto de interés regional.

El Cimov, que ocupa una extensión de 300 hectáreas no urbanizables y adscritas a la Defensa Nacional para su utilidad militar, queda fuera de la revisión del plan general de ordenación urbana, que está en fase de redacción del avance inicial.

No obstante, ahora se inicia un proceso que permite a Defensa, con alegaciones o acuerdos con las administraciones, solicitar otros usos para el suelo de la base con su enajenación (por venta mediante subasta, permuta o convenio con otra administración).