Manuel Herrero es uno de los cuatro directores del nuevo plan general municipal, documento que ordenará la expansión de Cáceres en los próximos años. Enrique Porto, Luis Rodríguez-Avial y Antonio Pimenta completan el equipo directivo de la revisión de un plan que el ayuntamiento adjudicó a Prointec, empresa que ha redactado gran parte de los planes generales vigentes en capitales españolas. El plan general cuenta ya con aprobación inicial y en unas semanas se expondrá al público.

--¿Cuáles son las líneas básicas del nuevo plan general?

--La primera condición que se impuso en la revisión del plan fue el planteamiento de un modelo de crecimiento para Cáceres que garantizara su idoneidad para la producción de un desarrollo urbanístico ordenado, racional y sostenible. Dentro de este amplio concepto influyen en la elección del modelo territorial tanto factores físicos, como pueden ser la Montaña, la Sierrilla, la Ribera del Marco o los espacios naturales protegidos que rodean la ciudad, como las infraestructuras previstas de ámbito supramunicipal, que es el caso de la autovía de la Plata, la previsión del futuro trazado de la variante norte de la autovía a Trujillo o la futura línea del AVE, factor de oportunidad para cualquier ciudad, que debía tener una respuesta urbanística en el plan general municipal.

No nos podemos olvidar, por su gran incidencia en el establecimiento de las líneas básicas del plan, de la adaptación a la Ley del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura (Lesotex), que supone, con respecto a la legislación estatal anterior, un cambio radical en los conceptos urbanísticos y en la manera de plantear el desarrollo de la ciudad. Más allá del tradicional sistema de ejecución del planeamiento en España, que giraba en torno a dos únicos protagonistas: la administración y el propietario del suelo, introduce la competencia en la producción de suelo urbanizado con la creación de la figura del Agente Urbanizador. Como consecuencia de ello, el suelo no se programa de una manera rígida en el nuevo plan, no se establecen cuatrienios para su desarrollo en base estrictamente a previsiones demográficas, en las que cualquier alteración descompone el modelo proyectado, obligando a intervenciones lentas y traumáticas con modificaciones del plan general. El nuevo plan debe dar cabida en sus planteamientos a esta nueva forma de producir ciudad que establece la ley del suelo extremeña, y desde este punto de vista se deben entender las grandes cifras que tiene el plan.

--El plan hace una planificación de la expansión de la ciudad para 50 años y se prevén más de 60.000 viviendas. ¿Está sobredimensionada esa previsión?, ¿por qué a tan largo plazo?

--Como ya le indicaba en la cuestión anterior, en esta planificación a tan largo plazo se unen dos factores contemplados en las líneas básicas del plan. Por una parte, las infraestructuras previstas y los condicionantes físicos establecen unos límites muy definidos a la expansión de la ciudad, que invitan a estudiar el modelo desde el exterior hacia el interior. Y por otra parte, los nuevos planteamientos urbanísticos introducidos con la Lesotex apoyan ese nuevo enfoque para el diseño de la ciudad, estableciendo dos categorías en el suelo urbanizable: aquel que lleva ordenación detallada, con planeamiento de desarrollo incorporado y de puesta en marcha inmediata, y el resto del suelo urbanizable, que mientras no cuente con programa de ejecución aprobado tiene el régimen de suelo no urbanizable común.

La flexibilidad que introduce esto permite que el ayuntamiento controle el proceso de producción de suelo urbanizable adaptándolo a las necesidades del municipio en cada momento, y que además pueda fomentar la competencia, incentivando procesos concurrenciales con entrada del Agente Urbanizador.

--¿Qué criterios se han seguido para fijar el nivel de prioridad en los suelos urbanizables?

--El orden de prioridades fija la secuencia a seguir en la transformación del suelo urbanizable y el orden en que deben cumplirse las obligaciones y ejercitarse los derechos. En definitiva, determina la estrategia del desarrollo urbanístico municipal a medio y largo plazo. La prioridad I está destinada básicamente a los sectores de suelo urbanizable contiguos al suelo urbano que el plan estima precisos para absorber la demanda inmobiliaria a corto y medio plazo. Gran parte de ellos proceden de los suelos clasificados como urbanizables no programados del plan en vigor y tratan de completar la trama urbana cosiendo zonas cuyo desarrollo no se ha producido de una manera continua. La prioridad II tiene características muy similares a la prioridad I en cuanto a tipologías y aprovechamientos, pero está situada físicamente en un segundo ámbito. Y la prioridad III corresponde a suelos más alejados de la trama urbana actual, principalmente en la zona norte, cuya incorporación al proceso urbanizador se prevé a más largo plazo.

--¿Qué aprovechamiento llevan los sectores y qué tipología de viviendas?; en definitiva, ¿qué modelo de ciudad se crea?

--El nuevo plan general, con un planeamiento flexible al amparo de las nuevas legislaciones urbanísticas y de sus innovaciones, preconiza, una vez superados los conceptos de ´zonning´ predominantes en una gran parte del siglo XX, el equilibrio en la mezcla de usos, actividades y funciones en los nuevos desarrollos, distinguiendo entre el uso característico predominante en cada área, ya sea residencial, terciario o equipamientos, y los usos compatibles complementarios. El aprovechamiento medio de los sectores incluidos en las áreas de prioridades I y II es similar al que establece el plan general vigente, siendo inferior en los sectores del área III. Ello da lugar a que las tipologías predominantes sean la residencial colectiva en las primeras y la unifamiliar en las últimas.

La extensión de los sistemas generales, obtenidos gratuitamente por el ayuntamiento a través del desarrollo del plan, sobre todo los de espacios libres como la Montaña y la Sierrilla, obligan a que en las áreas de prioridades I y II prime la edificación colectiva sobre la unifa