TEtl derecho a la accesibilidad universal está recogido en los artículos 10, 14, 9.2 y 49 de nuestra Constitución, en el artículo 13 del tratado constitutivo de la CE y en la Directiva 2000/43/CE, donde se recoge el principio de igualdad de trato y de no discriminación de las personas. No obstante, queremos fundamentar el interés y la conveniencia del presente proyecto, en factores estratégicos y de desarrollo económico de la ciudad de Cáceres, mas que en argumentos reivindicativos de derechos aún por desarrollar de una forma real.

Desde la promulgación de la Ley de Integración Social de los Minusválidos, hace ya 32 años, hay que reconocer que se han ido haciendo algunas cosas, pero casi siempre a remolque de situaciones flagrantes de incumplimiento del principio del igualdad y no discriminación que recoge la Constitución.

XEL PRIMERx Plan Nacional de Accesibilidad (2004-2012), parecía haber iniciado un nuevo enfoque sobre estos temas, que superaran el concepto asistencial por un cambio profundo de actitudes. El principio que pretendía desarrollar el citado Plan queda recogido en su lema "por un nuevo paradigma, el diseño para todos, hacia la plena igualdad de oportunidades".

Desgraciadamente ese cambio de paradigma aún no se ha producido, y en escasísimos casos de diseño de nuevos productos, servicios, edificaciones, etc., se ha pensado en la plena igualdad de oportunidades de los potenciales usuarios. Se siguen diseñando los productos, servicios, edificaciones, para personas "normales", y a posteriori, cuando existe alguna reivindicación, se adaptan para el uso "universal" para el que deberían haber sido concebidos.

A la vista de los resultados, deducimos que no se trata tanto de generar Leyes y Decretos que definan derechos que la realidad hace difícil su cumplimiento, sino mas bien actuar en los procesos que regulan el funcionamiento cotidiano de la sociedad, para introducir en ellos mismos dinámicas permanentes que progresivamente vayan transformando esa realidad en la dirección deseada.

El primer concepto que debe modificarse es la creencia de que "la accesibilidad es cara". Pasa lo mismo que con el concepto de calidad, que surgía de la selección de los productos fabricados añadiéndoles un sobrecosto. Los japoneses dieron la vuelta a este paradigma y demostraron que, incluyendo la calidad al principio de la fase de diseño y producción, conseguían productos de mayor calidad a un costo inferior. Con la accesibilidad debemos conseguir la misma evolución, incluyéndola al principio de la fase de diseño de cualquier proyecto.

XOTROx concepto económico que debe tenerse en cuenta es el de que, con el aumento de la esperanza de vida, la pirámide de población europea está en un proceso de cambio acelerado, y se calcula que en 2020 mas de 120 millones de personas tendrán algún problema de movilidad, siendo este además un colectivo con tiempo y renta disponible elevado.

El desarrollo potencial de la ciudad de Cáceres estará orientada hacia el turismo; también es claro que el patrimonio histórico de nuestra ciudad fue diseñado hace siglos para la defensa y protección contra posibles invasores y no para facilitar la accesibilidad a la ciudad y a sus edificios.

XESTAMOSx ante una problemática que dificulta la implementación de medidas rápidas para la mejora de la accesibilidad, razón de mas para que cualquier proyecto sobre estos temas deba tener en cuenta las siguientes condiciones: visión a largo plazo, progresividad, implicación de todos los agentes sociales, y perseverancia.

Desde la Fundación Cáceres Capital vamos a proponer a las administraciones el proyecto Cáceres Accesible, con el fin de generar las condiciones necesarias que transformen nuestra ciudad en un modelo de progreso activo hacia una accesibilidad universal, que nos haga acreedores del premio Reina Sofía a la Accesibilidad que recientemente se ha otorgado a la capital cacereña.