El matrimonio que en agosto del 2004 se llevó por la fuerza a sus tres hijos de entre 8 meses y 7 años del centro de menores Julián Murillo, donde se encontraban tutelados por la Junta de Extremadura --los dos pequeños siguen en este centro y el mayor ha sido trasladado a Badajoz--, ha perdido la patria potestad.

El juez titular del Juzgado de lo Penal, donde el pasado miércoles fueron juzgados, declara a Julio Prieto Batuecas, de 43 años, y a su mujer, Sonia Batuecas Julián, de 30 años, responsables de un delito de sustracción de menores por el que impone a cada uno de ellos la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad por un periodo de cuatro años.

Les impone, asimismo, una pena de dos años de prisión --el fiscal y la acusación particular, ejercida por la Junta, pedían 3 años--, pero ninguno de los dos tendrá que cumplirla al no superar la condena los dos años y no constarles antecedentes penales.

A Julio Prieto se le impone también una multa de 62 euros por una falta de lesiones, causadas al vigilante de seguridad del centro de menores al que agredió con una cadena cuando intentaba impedirles la huída. A éste, además, tendrá que pagarle una indemnización de 225 euros por las lesiones sufridas.

En cuanto a la medida de prohibición de aproximarse y comunicar con sus hijos durante 5 años que se solicitaba por parte de las acusaciones, el juez considera que "no procede imponerse". Ordena, en consecuencia, que esta medida cautelar se deje sin efecto, "por lo que JuliO y Sonia, que llevan sin poder ver ni tan siquiera hablar con sus hijos desde hace casi dos años, podrán volver a verlos, siempre bajo el régimen de visitas que establezca la Junta, que es la que tiene la tutela de los niños", indicó a EL PERIODICO el abogado de la pareja, Celestino Sánchez.

Para el juez, la actuación que la mañana del 30 de agosto del 2004 protagonizaron Julio Prieto y Sonia Batuecas fue un delito de sustracción de menores, "pues es evidente que sustraen a los menores cuando éstos se encuentran en su lugar de residencia (el centro Julián Murillo), bajo la guarda y custodia de la institución que por resolución la tiene atribuida", y que lo hicieron "sin causa justificada".

Por ello, recoge la sentencia, procede condenarles por dicho delito. Pero se añade que se aplicará la pena mínima que para este delito establece el Código Penal (2 años), por tener en consideración "las circunstancias de los hechos y personales de los responsables, muy afectados por la situación creada como consecuencia de que la Junta asumió la tutela de sus hijos, así como por toda la problemática social que ha marcado su actitud y propiciado su situación".