Los usuarios del autobús urbano que se comporten de forma que pongan en peligro a otros viajeros o a los empleados del servicio, aquellos que causen daños en las marquesinas o lo propios vehículos, y los que manipulen de forma injustificada los dispositivos de emergencias se enfrentan desde ayer a multas de entre 301 y 600 euros, según se establece en los artículos 26 y 27 del Reglamento del Transporte Colectivo Urbano de Viajeros en Autobús en la Ciudad de Cáceres, que se publicó el lunes en el BOP y ya está en vigor.

La norma regula la relación entre la empresa, los usuarios y el ayuntamiento en 28 artículos distribuidos en siete títulos, en los que se fija además el régimen tarifario, las condiciones para que la empresa preste el servicio y los derechos y obligaciones de los usuarios.

Entre estas últimas, todos aquellos que accedan a un autobús urbano deben llevar el billete y, en el caso de que vayan con menores de 4 años, también el libro de familia. Si compran el billete en el interior del autobús, además deben utilizar billetes de menos de 20 euros, porque el reglamento (en el artículo 25) autoriza a los conductores a que solo lleven cambio para esa cantidad.

Los viajeros están además están obligados a subir y bajar del vehículo en las paradas autorizadas (aunque el conductor puede hacer excepciones cuando sea necesario) y una vez que este se haya detenido; deberán respetarán al conductor; y no podrán fumar ni escupir o arrojar papeles en el vehículo. También está prohibido , y sancionado con hasta 600 euros, deteriorar los asientos y otros lugares del convoy.

"Los coches y sillas de niños serán admitidas en todos los autobuses, siempre que la criatura vaya debidamente sujeta", regula el artículo 17, que fija además un límite de dos sillas de bebé por cada autobús y una en el caso del microbús. Igual es el caso de sillas de personas de movilidad reducida, aunque estos tienen prioridad sobre las de bebé, según establece otro artículo.

El texto define también en el artículo 23 las obligaciones, facultades y prohibiciones para los conductores. Entre las primeras, "efectuar la arrancada y parada sin brusquedad", y "detener el vehículo lo más cerca posible de las aceras". En cuanto a las facultades, el conductor puede "obligar a descender a los usuarios que desobedezcan sus instrucciones"; y queda prohibido admitir a más viajeros de los que se autorizan al vehículo. Las multas: de entre 30 y 300 euros para las sanciones más leves y de hasta 600 para los viajeros más gamberros.