La Ley 5/2002, de 23 de mayo, de Protección de los Animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura considera infracción grave "el mantenimiento de animales en estado de desnutrición o sedientos, sin que ello obedezca a prescripción facultativa" y fija multas de 301 a 1.500 euros para los responsables de los hechos. La normativa entiende como infracción muy grave, con sanciones de 1.501 a 15.025 euros, "haber sido sancionado por la comisión de dos faltas graves en un año". La ley autonómica especifica también que es una infracción grave "abandonarlos" o "maltratar, torturar o infligir daños a los animales".